Boletines/Trenque Lauquen

Ordenanza Nº4884/18

Ordenanza Nº 4884/18

Trenque Lauquen, 16/11/2018

VISTO: que en la Conferencia Mundial sobre la Mujer, celebrada en Pekín en el año 1995, es donde se acuño la expresión "VIOLENCIA DE GENERO", diciendo que la violencia contra la mujer impide el logro de los objetivos de la igualdad de desarrollo y Paz, que viola y menoscaba el disfrute de los deberes y derechos fundamentales e insta por otra parte a los gobiernos a adoptar medidas para prevenir y eliminar esta forma de violencia, (Exp. 3319/99 HCD.) y;

CONSIDERANDO: que esta lucha contra la discriminación ha logrado que las mujeres se conviertan en agentes de cambio, esperanza y optimismo frente a situaciones adversas. La clave del desarrollo económico está vinculada a la mayor participación de la mujer en la toma de decisiones y en la gestión de la comunidad; dar oportunidades a la mujer es la mejor herramienta para alcanzar el bienestar de la sociedad;

que el papel de las mujeres es aún más importante porque en sus manos, en nuestras manos está el porvenir del mundo;

que desde los estados Nacional, Provincial y Municipal se viene desarrollando, un conjunto de políticas tendientes a erradicar y prevenir la violencia de género y consecuentemente evitar el femicidio;

que en el año 2016 se sancionó en el Honorable Concejo Deliberante de Trenque Lauquen la Ordenanza N° 4494 en la cual se crea el Programa Municipal de Género y Familia; y crea el Hogar Transitorio para la Mujer y la Familia;

que el refugio que se levantará en la intersección de las calles Lagos, Fleming y Houssay de la ciudad de Trenque Lauquen será un espacio destinado a las Madres y/o mujeres víctimas de distinto tipo de violencia: física, psicológica, económica entre otros flagelos sociales;

que es un paso más en la batalla que se viene dando contra la violencia de género y familiar;

que, la construcción del Hogar de protección integral es una decisión política del Ejecutivo Municipal en consonancia con las acciones de los gobiernos provincial y nacional en la protección de los Derechos Humanos, poniendo énfasis a la protección de la Mujer y los Niños;

que el hogar que albergará a Mujeres y Niños víctimas de violencia de género y familiar, es el primero en su tipo en el Oeste Bonaerense;

que las víctimas de maltrato en muchas ocasiones no realizan las denuncias por no tener un lugar donde refugiarse;

que en sus instalaciones podrán encontrar la contención y ayuda que necesitan;

que afirma un antiguo proverbio chino "LAS MUJERES SOSTIENEN LA MITAD DEL CIELO", frase que marcó el rumbo de la lucha contra la ancestral discriminación de la mujer, ejemplificada en cambiar la costumbre de vendar los pies de las niñas para que no crecieran y fueran más atractivas para el hombre;

que está próximo a inaugurarse el Hogar de Protección Integral para Mujeres en Situación de Violencia de género que la comuna construye en el distrito de Trenque Lauquen y sería importante que cuente con un nombre que lo identifique.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE LEY LA PRESENTE:

O R D E N A N Z A

ORDENANZA

Artículo 1°.-) Impónese el nombre “LA MITAD DEL CIELO” al Hogar de Protección Integral para Mujeres en Situación de Violencia del Distrito de Trenque Lauquen, sito en la intersección de la calles Lagos, Fleming y Houssay, en el Barrio Parque de esta ciudad.

Artículo 2°.-) Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIESCISÉIS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECIOCHO.

Cr. Pablo C. Larrosa
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante

Cr. Claudio S. Figal
Presidente
Honorable Concejo Deliberante 

Promulgación: Decreto N° 2285/18 – 27/11/18

Firma: Dr. Miguel Ángel Fernández – Intendente Municipal

Dr. Gustavo Marchabalo – Secretario de Gobierno.