Boletines/Hipólito Yrigoyen

Decreto Nº1067/2018

Decreto Nº 1067/2018

Hipólito Yrigoyen, 13/12/2018

Visto

La Ordenanza Nº 24/16 que crea el Registro Abierto, Único y Permanente de Aspirantes a Planes de Viviendas, y la Ordenanza Nº 48/18 que autoriza la venta de ocho lotes para viviendas sociales únicas y de ocupación permanente,

Considerando

Que los citados textos normativos establecen que las etapas de inscripción, selección y adjudicación de beneficiarios serán en el marco del mencionado registro,

Que el mismo establece que dichas etapas se realizaran a instancia del Departamento Ejecutivo, el cual podrá asignar atribuciones y responsabilidades especificas en relación a las acciones que fija y regula el mencionado reglamento.

Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS 

ARTÍCULO PRIMERO: ESTABLEZCASE el periodo de de inscripción de aspirantes para el  Programa “Venta de 8 lotes Plan Familia Propietaria”  instituido por la Ordenanza Nº 48/18, desde el 25 de Febrero de 2019 hasta el 15 de  Marzo de 2019 inclusive, la cual se realizará en  la Dirección de Desarrollo Social.-

ARTICULO SEGUNDO: ESTABLEZCASE el periodo de evaluación de aspirantes por la Comisión de Vivienda desde el día 16 de Marzo  de 2019 y hasta el día 05 de Abril de 2019 inclusive.-

ARTICULO TERCERO: ESTABLEZCASE el periodo de selección y adjudicación de lotes, desde el día 06 de Abril de 2019 y hasta el día 30 de Abril  de 2019 inclusive.-

ARTÍCULO CUARTO: ESTABLEZCASE que los plazos establecidos en los artículos que anteceden podrán ser prorrogados conforme consideración de la Comisión de Viviendas.

ARTICULO QUINTO: ESTABLEZCASE como requisito de inscripción al Programa “Venta de 8 lotes Plan Familia Propietaria”  que el beneficiario y/o el  grupo familiar conviviente perciba  como ingreso máximo  dos (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil establecido por el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, vigente al momento de la misma.-

ARTICULO SEXTO: DESE  intervención a la Dirección de Desarrollo Social, y  a la Comisión de Viviendas.-

ARTICULO SEPTIMO: Regístrese, Publíquese, Notifíquese y cumplido Archívese.                      

Jorge Cortés                                                                                              Gustavo, Huala

   Intendente Municipal                                                                   Secretario de Gobierno y Hacienda