Boletines/Magdalena
Decreto Nº 2035/18
Magdalena, 18/12/2018
Visto
Las actuaciones del expediente Letra A, Número 498/18 mediante las cuales ARTEAGA MAURO DAMIAN – CUIT 20-21561932-0, Legajo Municipal Nº 62591 solicita la Habilitación por traslado de domicilio comercial, del local cuya actividad es VENTA DE BILLETES DE LOTERÍA Y JUEGOS DE AZAR AUTORIZADOS, habilitado por Resolución de fecha 15 de abril de 2016, ubicado originalmente en la calle TERRAROSA ESQUINA RODRIGUEZ JAUREGUI de la localidad de Atalaya; al local ubicado en CAMINO BLANCO ESQUINA SANTA FLORENTINA de la misma localidad; y
Considerando
Las intervenciones e informes al respecto de las distintas dependencias municipales que aconsejan hacer lugar a lo solicitado, en virtud de haber cumplimentado los requisitos establecidos en la normativa vigente.
Por todo ello,
, el INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones
DECRETA
Artículo 1º: Autorizar y registrar a partir de la fecha, por los motivos expuestos en el exordio, la habilitación municipal por traslado de domicilio, al comercio cuya actividad es VENTA DE BILLETES DE LOTERÍA Y JUEGOS DE AZAR AUTORIZADOS (Código de actividad 61-902-02) propiedad de ARTEAGA MAURO DAMIAN – CUIT 20-21561932-0, Legajo Municipal Nº 62591, al local ubicado en el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección G, Manzana 10, Parcela 7, Partida Inmobiliaria Nº 2.702, ubicado en CAMINO BLANCO ESQUINA SANTA FLORENTINA de la localidad de Atalaya.
Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.
Artículo 3º Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las oficinas pertinentes, dese al registro municipal y archívese.
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Dn. RODOLFO SALOMON TATA
Secretario de Gobierno