Boletines/Magdalena

Decreto Nº2113/18

Decreto Nº 2113/18

Magdalena, 28/12/2018

Visto

los Decretos N° 874/2108, N° 1218/2018, N° 1519/2018, N° 1556/2018, N° 1959/2018, N° 2101/2018 y N° 2073/2018, N° 4/2018 y N° 287/2018, y;

Considerando

Que en el proceso de elaboración, firma, registro y rúbrica de los mismos se han verificado errores y/u omisiones materiales involuntarios.

Que tales errores u omisiones materiales involuntarios, se refieren a la falta de rubrica en algunos actos, a situaciones de rúbrica con información faltante o Números de Decretos que por razones sobrevivientes no fueron utilizados.

Que así se aprecia la falta de rubrica en los Decretos N° 874/2108, N° 1218/2018, N° 1519/2018 y N° 1556/2018.

Que se omitió en su momento la rúbrica de los Decretos N° 657/2018 de fecha 24 de abril y N° 660/2018 de fecha 25 de abril, procediéndose a la misma posteriormente al folio N° 1833 y N° 1834, respectivamente.

Que otro inconveniente detectado refiere a la rubrica de algunos Decretos que contenían información incompleta con datos faltantes al momento de su impresión.

Que así los Decreto N° 1959/2018 de fecha 6 de diciembre, rubricado a folios N° 2619 y 2620 y el Decreto N° 2101/2018 de fecha 27 de diciembre rubricado a folios N° 22790 y 2791, contienen ambos la omisión de la Letra “S” y el número de expediente “404/17” en la redacción de su respectivos Vistos.

Que el Decreto N° 2073/2018 de fecha 26 de diciembre, rubricado a folios N° 2790 y 2791, contiene la omisión en el segundo de sus considerandos, de la fecha de ingreso de los montos que allí se detallan, de $1.280.703,26 del día “30/07/18” y de $1.536.982,90 de fecha “02/11/2018”.

Que, por último, los Decretos N° 4/2018 y N° 287/2018 si bien se registraron no fueron oportunamente utilizados, reasignados ni anulados por lo que tampoco cuentan son rúbrica alguna.

Que, habiéndose detectado estos errores materiales involuntarios, corresponde que mediante un acto de igual jerarquía se proceda a la subsanación de los mismos.

Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 106 y 107 de la Ley Orgánica de Municipalidades Decreto-Ley N° 6769/58.-

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTÍCULO 1°: Proceder a la rúbrica de los Decretos N° 874/2108, N° 1218/2018, N° 1519/2018 y N° 1556/2018, los que quedan rubricados conforme el detalle de folios que seguidamente se consigna:

  • Decreto N° 874/2108, folio N° 2805
  • Decreto N° 1218/2018, folio N° 2806
  • Decreto N° 1519/2018, folio N° 2807
  • Decreto N° 1556/2018, folio N° 2808

ARTÍCULO 2°: Subsanar la omisión de datos en los Decretos N° 1959/2018 de fecha 6 de diciembre, rubricado a folios N° 2619 y 2620, Decreto N° 2101/2018 de fecha 27 de diciembre rubricado a folios N° 2619 y 2620 y Decreto N° 2073/2018 de fecha 26 de diciembre, rubricado a folios N° 2754, 2755 y 2756, los que habiendo completado quedan rubricados según el siguiente detalle:

  • Decreto N° 1959/2018, rubrica válida en folios N° 2809 a 2811, dejando sin efecto los folios N° 2619 y 2620,
  • Decreto N° 2101/2018 rubrica válida en folios N° 2816 a 2818 , dejando sin efecto los folios N° 2619 y 2620.
  • Decreto N° 2073/2018 rubrica válida en folios N° 2813 a 2815, dejando sin efecto los folios N° 2754, 2755 y 2756.

ARTÍCULO 3°: Anular y dejar sin efecto los Decretos N° 4/2018 y N° 287/2018, por cuanto no fueron utilizados, reasignados ni anulados en su oportunidad.

ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.

ARTÍCULO 5°: Comuníquese a quiénes corresponda, notifíquese dése las actuaciones al Registro Municipal, al Boletín Oficial y archívese.

 

 Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno