Boletines/Magdalena

Decreto Nº81/19

Decreto Nº 81/19

Magdalena, 15/01/2019

Visto

El expediente letra   D 1307/18, y;

Considerando

Que es intención del Departamento Ejecutivo que todo el personal cumpla con las normas laborales de asistencia.

Que, el no cumplimiento de las obligaciones de diligencia laboral de un agente municipal, hace pasible al personal  de las siguientes sanciones: llamado de atención, Suspensión y descuento de los días correspondientes.

Que en las mismas el Sr. Andrés Castelli, Director de obras y Servicios Públicos informa sobre la conducta de la agente municipal WALASZEK MIGUEL (leg. 2394), quien no concurrió a su lugar de trabajo los días 4, 7, 8, 9 Y 10 de Enero de 2019, sin aviso previo y/o justificación posterior correspondiente.

Que se aplicara del Inc d) del Art 85 del Convenio Colectivo de Trabajo, SUSPENSION por 30 (TREINTA) días.

Que, lo solicitado cuenta con la pertinente autorización del Sr. Secretario de Gobierno.

P O R     T O D O     E L L O

El SR. INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA A CARGO, en uso de sus atribuciones que les son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1º: SANCIONESE con una medida correctiva: SUSPENSION por 30 (VEINTE) días Laborables, a partir del 17 de enero hasta el 15 de febrero del corriente inclusive, al agente municipal WALASZEK Miguel (Leg. 2394), en virtud de lo expresado en el Inc d) del Art 58 del Convenio Colectivo de Trabajo.

ARTICULO 2º: La presente sanción se cumplirá a partir del día de la fecha mencionada, dejándose testimonio de la presente en el Legajo Personal del agente citado.

ARTÍCULO 3º: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a DESCONTAR de los haberes correspondientes al mes de febrero,  por  no concurrir a su lugar de trabajo sin aviso previo y/o justificación posterior correspondiente,  Al Agente:

Leg. Nº

Agente Municipal

Días  de DESCUENTO

Fecha

2394

WALASZEK MIGUEL

5  (CINCO) DIAS

4, 7, 8, 9  y 10 enero de 2019

ARTICULO 4º: El presente será notificado al Agente por medio de la Oficina de Personal.

ARTICULO 5º: El presente Decreto será refrendado por el Sr Secretario de Hacienda A CARGO de la Secretaria de Gobierno.

ARTICULO 6º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al registro Municipal y archívese.

 

Fdo.

LISANDRO HOURCADE

Intendente Municipal

Fdo.

Cr.  ANDRES GARCIA

Secretario de Hacienda