Boletines/Magdalena

Decreto Nº148/19

Decreto Nº 148/19

Magdalena, 22/01/2019

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra S Nº 2040/18, referente al Llamado a Licitación Pública para la “CONTRATACION DE LA RECOLECCION DE RESIDUOS EN LA CIUDAD DE MAGDALENA, EMPALME, ATALAYA Y EN LOS BALNEARIOS DE MAGDALENA Y ATALAYA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”, y

Considerando

Que, a Fs. 01 el Sr. Sub Secretario de Gobierno, solicita se llame a Licitación Publica.

Que, a FS 33 por Ordenanza 3572/18 se aprueba el Pliego de Bases y Condiciones para el Llamado a Licitación Publica.

Que, existe saldo disponible en la respectiva partida del Presupuesto de Gastos, por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

D E C R E T A

 

ARTICULO 1º.- LLAMASE a la LICITACIÓN PUBLICA Nº 01/19, para adjudicar la “CONTRATACION DE LA RECOLECCION DE RESIDUOS EN LA CIUDAD DE MAGDALENA, EMPALME, ATALAYA Y EN LOS BALNEARIOS DE MAGDALENA Y ATALAYA, PROVINCIA DE BUENOS AIRESen virtud del exordio de la presente.

ARTICULO 2º.- AFÉCTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción 5.000, Programa 20/02, Partida 3.3.9.0 “Otros Servicios de Mantenimiento, Reparación y Limpieza” con Fuente de Financiamiento 110 de Origen Municipal del Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2019.-

ARTICULO 3º.- ESTIPÚLESE un PRESUPUESTO OFICIAL total de PESOS CINCO MILLONES CON 00/100 CVOS ($ 5.000.000,00).-

ARTICULO 4º.- ESTIPÚLESE que la GARANTÍA DE PROPUESTA que será por un importe de PESOS CINCUENTA MIL CON 00/100 CVOS ($ 50.000,00.-).

ARTICULO 5º.- DETERMINASE el valor del Pliego de Bases y Condiciones que será por un importe de PESOS CINCO MIL CON 00/100 CVOS ($ 5.000,00.-).

ARTICULO 6º.- DETERMINASE que el día FEBRERO 15 DEL AÑO 2019, a las 10,00 HORAS se llevará a cabo el acto de apertura de las ofertas presentadas, en el SALÓN AUDITORIO de la MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA, sito en calle Brenan Nº 970 de la CIUDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES.-

ARTICULO 7º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda Sr. Andrés García.-

ARTICULO 8º.- Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.-

 

Fdo.

LISANDRO HOURCADE

Intendente Municipal

Fdo.

Cr.  ANDRES GARCIA

Secretario de Hacienda