Boletines/Trenque Lauquen

Ordenanza Nº4920/19

Ordenanza Nº 4920/19

Trenque Lauquen, 05/04/2019

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

En la localidad de Berutti, sobre la manzana donde antiguamente se encontraba la Cancha de Fútbol del Club La Luisa, el Municipio construyó y entregó un Barrio de viviendas por Plan Federal (Anexo I).

Las manzanas están zonificadas en Zona Residencial (R) permitiendo la subdivisión en lotes con frente mínimo de 12,00m y una superficie mínima de 300m², por la Ordenanza de Zonificación Nº 759/93.

Siendo necesario dividir el macizo en lotes con medidas de frente y superficie menores a las autorizadas por la Ordenanza de Zonificación.

No resultando conveniente la división en Propiedad Horizontal y dado que el conjunto habitacional está finalizado y cuenta con los servicios de cloacas, agua corriente, alumbrado público, energía eléctrica, la obra de cordón cuneta, pavimento sobre dos frentes y red de gas natural, es aplicable al Artículo 52º del Decreto Ley 8912 (Exp. N° 6464/19 HCD.).

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE LEY LA PRESENTE:

O R D E N A N Z A

ORDENANZA

Artículo 1º.-) Autorizase el fraccionamiento del inmueble:

Designación catastral:

Circunscripción III – Sección A – Manzana 21.

Zonificación:

Área Urbana, Zona Residencial R (Ord. HCD 759/93 – Dto. Provincial Nº 1836/93 de fecha 06/07/1993).

Artículo 2º.-) Las parcelas designadas en el Artículo anterior, contarán con los siguientes indicadores urbanísticos, aprobados por la Ordenanza Nº 3808/2011:

F.O.S.: 0.6

F.O.T.: 1

Densidad 130 Hab/Ha

Dimensiones mínimas de las parcelas para el fraccionamiento propuesto, se aplica el Artículo 52° del Decreto Ley 8912:

Ancho: 10,00 m.

Superficie: 250,00 m2.

Artículo 3°.-) Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL DIECINUEVE.

Cr. Pablo C. Larrosa
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante

Cr. Claudio S. Figal
Presidente
Honorable Concejo Deliberante 

Promulgación: Decreto N° 0825/19 – 11/04/19

Firma: Dr. Miguel Ángel Fernández – Intendente Municipal.

Dr. Gustavo A. Marchabalo – Secretario de Gobierno.