Boletines/Trenque Lauquen

Ordenanza Nº4922/19

Ordenanza Nº 4922/19

Trenque Lauquen, 05/04/2019

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

Las manzanas 222AS y 222AT ubicadas en la Ampliación Urbana son de propiedad municipal, divididas en lotes de 12m de frente por plano de mensura 107-20-2017.

La zonificación actual es Residencial 3 (R3) con lote mínimo de 12,00 m de frente y 300 m2 de superficie.

Los macizos baldíos son óptimos para la edificación de barrios de interés social.

Sobre la manzana 222AT se ha realizado el Concurso de Precios N° 5/2019 para la construcción de 10 viviendas por Círculo Cerrado sobre calle Macaya, siendo los frentes propuestos de 10,00 m.

Resulta conveniente unificar y dividir las Manzanas en lotes de 10,00 m de frente, siendo necesario aplicar el Artículo 52° del Decreto Ley 8912 (Exp. N° 6137/12 HCD.).

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE LEY LA PRESENTE:

O R D E N A N Z A

ORDENANZA

Artículo 1º.-) Autorízase la unificación y fraccionamiento de los inmuebles:

Designados catastralmente:

Circunscripción: XVII - Sección: C - Chacra 222 – Manzana 222AT – Parcelas 1 a 22.

Circunscripción: XVII - Sección: C - Chacra 222 – Manzana 222AS – Parcelas 1 a 22.

Con Zonificación: Área Urbana, Zona Residencial R3 (Ord. HCD. 3808/2011 – Dto. Provincial Nº 1.095 con fecha: 20/12/2013).

Artículo 2º.-) Las parcelas, designadas en el Artículo anterior, contarán con los siguientes indicadores urbanísticos, aprobados por la Ordenanza 3808/11.

F.O.S.: 0.6

F.O.T.: 1,2

Densidad 150 hab/Ha

Dimensiones mínimas de las parcelas para el fraccionamiento propuesto, se aplica el Artículo 52° del Decreto Ley 8912:

Ancho: 10,00 m

Superficie: 250,00 m2

Artículo 3º.-) Las Manzanas indicadas en el Artículo 1° cuentan con los servicios de red cloacal domiciliaria, red de agua corriente, energía eléctrica, alumbrado público, desagües pluviales superficiales y cordón cuneta.

Artículo 4º.-) Se adjunta Anexo I (croquis de división actual y propuesto de la Mza. 222AT); y Anexo II (croquis de división actual y propuesto de la Mza. 222AS).

Artículo 5°.-) Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL DIECINUEVE.

Cr. Pablo C. Larrosa
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante

Cr. Claudio S. Figal
Presidente
Honorable Concejo Deliberante 

Promulgación: Decreto N° 0827/19 – 11/04/19

Firma: Dr. Miguel Ángel Fernández – Intendente Municipal.

Dr. Gustavo A. Marchabalo – Secretario de Gobierno.