Boletines/Trenque Lauquen
Resolución Nº 461/19
Trenque Lauquen, 08/03/2019
Visto
La trayectoria de LU91 TV CANAL 12 - RTA S.E. Fundada el 22 de Mayo del año 1970 (Exp. 2719/97 HCD.); y.
Considerando
que habiendo sufrido y superado diferentes complicaciones para su funcionamiento, algunas económicas, otras climáticas y otras técnicas, siempre la emisora estuvo presente en la mayoría de los acontecimientos culturales, deportivos, sociales y políticos de la región y en la totalidad de los aconteceres de la cuidad cabecera del Distrito;
que su archivo histórico fuera declarado de interés cultural por Decreto N° 1460 en el año 2012 en el cual se le sugería a las autoridades de ese momento digitalice el material para resguardo, situación que fue iniciada pero no se ha completado;
que la valiosa e indispensable tarea diaria que lleva a cabo como portavoz de información del quehacer de nuestra región representa elementos esenciales para la transmisión y el desarrollo cultural de comunidades del interior argentino;
que en la actualidad algunas decisiones tienen a la emisora en nuevas complicaciones afectando severamente los salarios de todos los trabajadores y también por falta de presupuesto que afecta el mantenimiento del equipamiento e instalaciones para el normal funcionamiento;
que el concepto de patrimonio cultural es subjetivo y dinámico, no depende de los objetos o bienes sino de los valores que la sociedad en general les atribuyen en cada momento de la historia y que determinan qué bienes son los que hay que proteger y conservar para la posteridad;
que este Cuerpo Deliberativo se ha servido de los servicios prestados por la emisora y su personal, y es por eso que solicitamos se la Declare Patrimonio Cultural e Histórico de nuestro Distrito.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE:
R E S O L U C I Ó N
Artículo 1º.-) El Honorable Concejo Deliberante declara a LU91 TV CANAL 12 RTA S.E. de Trenque Lauquen, Patrimonio Cultural de nuestra Comunidad.
Artículo 2°.-) Exhórtase a las instituciones Gubernamentales, Sociales, Políticas, Deportivas, Culturales, Empresariales, Educativas y a la población en general de nuestro distrito a brindar apoyo a la actividad periodística, a través de los instrumentos y formas que consideren adecuadas.
Artículo 3°.-) Remítase copia de la presente Resolución a los Departamentos Ejecutivos y Deliberativos de la zona de influencia de LU91 TV CANAL 12 RTA SE requiriéndose la adhesión a este instrumento legal.
Artículo 4°.-) Remítase copia de esta Resolución al Directorio RTA SE, a las cámaras de Diputados y Senadores Nacionales y de Senadores y Diputados de la Provincia de Buenos Aires, al ENACOM, que actualmente preside Silvana Giudici.
Artículo 5°.-) Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE AL OCHO DÍAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL DIECINUEVE.
Cr. Pablo C. Larrosa
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante
Cr. Claudio S. Figal
Presidente
Honorable Concejo Deliberante