Boletines/Magdalena
Decreto Nº 247/19
Magdalena, 15/02/2019
Visto
Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra S Nº 2040/18, referente al Llamado a Licitación Pública para adjudicar la “CONTRATACION DE LA RECOLECCION DE RESIDUOS EN LA CIUDAD DE MAGDALENA, EMPALME, ATALAYA Y EN LOS BALNEARIOS DE MAGDALENA Y ATALAYA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”, y
Considerando
Que, en el Acto de Apertura del Acto Licitatorio con fecha Febrero 15 del corriente año, oferto UNA SOLA (01) empresa del ramo: Cooperativa de Trabajo Los Toldos Ltda.., cuya documentación presentada reúne apropiadamente la totalidad de las exigencias del Pliego de Bases y Condiciones.
Que, visto el informe emanado por el Sr. Sub Director de Gobierno a Fs. 167 donde considera que resulta conveniente a los intereses municipales la Oferta presentada por el Oferente.
Que, visto el informe emanado por el Sr. Secretario de Hacienda Municipal a Fs. 167v, avalando dicha Adjudicación.
Que, dicha Firma queda como único oferente, por tal motivo el mismo será elevado al H.C.D. para que sirva autorizar la adjudicación, enmarcándose en lo establecido por el Art. 155 de la L.O.M., y
Que, existiendo saldo favorable en la respectiva Partida Presupuestaria;
Por ello;
el INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus facultades,
D E C R E T A
ARTICULO 1º: ADJUDICASE ad REFERENDUM del Honorable Concejo Deliberante a las Empresas en un todo de acuerdo a la documentación que sirvió de base para el llamado a LICITACIÓN PUBLICA Nº 01/19, para adjudicar la “CONTRATACION DE LA RECOLECCION DE RESIDUOS EN LA CIUDAD DE MAGDALENA, EMPALME, ATALAYA Y EN LOS BALNEARIOS DE MAGDALENA Y ATALAYA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”, a la Firma/Empresa COOPERATIVA DE TRABAJO LOS TOLDOS LTDA (CUIT Nº 30-71510971-5), por una suma total de PESOS CINCO MILLONES QUINIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON 00/100 ($ 5.503.386,00); en un todo de acuerdo a la documentación que sirvió de base para el llamado a LICITACIÓN PUBLICA Nº 01/19.-
ARTICULO 2º.- AFÉCTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción 5.000, Programa 20/02, Partida 3.3.9.0 “Otros Servicios de Mantenimiento, Reparación y Limpieza” con Fuente de Financiamiento 110 de Origen Municipal del Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2019.-
ARTICULO 3º.: El presente Decreto será refrendada por el Sr. Secretario de Hacienda Cr. Andrés García.-
ARTICULO 4º.: Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.-
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Cr. ANDRES GARCIA
Secretario de Hacienda