Boletines/Magdalena
Decreto Nº 365/19
Magdalena, 13/03/2019
Visto
Las actuaciones del expediente Nº 177/19, mediante las cuales el Sr. ROJAS GUILLERMO MARTÍN, DNI 21.595.130 –CUIT 20-21595130-9 solicita el devolución del valor oblado el día 23 de Enero de 2019 mediante recibo Nº 009/1900010652 emitido por el Municipio, en concepto de “Intereses”, que le fueron cobrados en exceso en oportunidad de abonar la “Tasa por Servicios Especiales de Limpieza e Higiene –Desinfección de Vehículos (Transporte Colectivos, Escolares, Ambulancias y otros No Especificados)” por el bimestre Enero/Febrero de 2019, correspondiente al Dominio identificado como LAB780; y
Considerando
Que el tributo se encuentra legislado en el Capítulo II - Artículo 6º – Inciso b) de la Ordenanza Impositiva Nº 3569/18 vigente para el ejercicio 2019, ascendiendo a la suma de $1.245,00 (Pesos mil doscientos cuarenta y cinco) por bimestre calendario.
Que el Calendario Fiscal legislado en el Capítulo XXIV –Artículo 45º -Inciso II el vencimiento de la Tasa abonada por el contribuyente opera del día 1 a 10 del primer mes del período correspondiente (en este caso 10/01/2019).
Que según lo expresado en el apartado anterior y lo reglamentado en el Capítulo VIII –Artículo 41º de la Ordenanza Fiscal (Parte General), vigente para el ejercicio 2019, el interés que debió abonarse al día 23 de Enero ascendía a $37,35 (Pesos treinta y siete con treinta y cinco centavos). En dicha oportunidad, la Oficina de Rentas liquidó incorrectamente un interés de $3.735,00 (Pesos tres mil setecientos treinta y cinco).
Que en consecuencia y considerando la normativa contemplada en los Capítulos VII y VIIII de la Ordenanza Fiscal del año en curso, resulta procedente la devolución del valor ingresado en concepto “Intereses”, correspondientes “Tasa por Servicios Especiales de Limpieza e Higiene –Desinfección de Vehículos (Transporte Colectivos, Escolares, Ambulancias y otros No Especificados por bimestre)”, el que asciende a la suma de $3.697,65 (Pesos tres mil seiscientos noventa y siete con sesenta y cinco centavos), siendo el mismo, el resultante de la diferencia entre lo abonado por el contribuyente y el interés real al día 23 de Enero de 2019.
Por lo expuesto
, el Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Reintégrese, por los motivos expresados en el exordio, al contribuyente ROJAS GUILLERMO MARTÍN, DNI 21.595.130 –CUIT 20-21595130-9, la suma de $3.697,65 (Pesos tres mil seiscientos noventa y siete con sesenta y cinco centavos), abonado en fecha el día 23/01/2019 mediante recibo Nº 009/1900010652, en concepto de Intereses correspondientes a la “Tasa por Servicios Especiales de Limpieza e Higiene - Transporte Colectivos, Escolares, Ambulancias y otros No Especificados- por el bimestre Enero/Febrero de 2019 del Dominio identificado como LAB780.-
ARTICULO 2º: Líbrese Orden de Devolución a favor del contribuyente y por el importe consignados en el artículo precedente. El mismo será tomado con cargo a la Partida correspondiente del Cálculo de Recursos del Municipio: “Otras Multas, Intereses y Gastos de Administración” (Cód. 1260300).-
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendada por el Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena, Cr. Andrés L. García.-
ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Cr. ANDRES GARCIA
Secretario de Hacienda