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Ordenanza Nº2406

Ordenanza Nº 2406

Bolivar, 19/12/2016

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Convalídase el Convenio suscripto entre el Departamento Ejecutivo y el Colegio de Arquitectos de la Provincia de Buenos Aires Distrito VII, mediante el cual se realizó el llamado al Concurso Nacional de Ideas Proyecta Bolívar / Imagina el Parque que expresa: --------------------------------------------------------------------------------

CONVENIO DE CONCURSO NACIONAL DE IDEAS

En el día de la fecha, se reúnen en la sede de Municipalidad de Bolívar, con domicilio en Av. Belgrano Nº 11 de la mencionada ciudad, el Intendente Dr. Eduardo Luján Bucca, DNI N° 27.485.804 en representación de la Municipalidad, en adelante el «PROMOTOR» y el Arq. Raúl Gustavo Sotelo, DNI 16.266.941, en representación del Colegio de Arquitectos de la Provincia de Buenos Aires Distrito VII y en su carácter de Presidente, con domicilio en Ascasubi Nº 211 de la ciudad de Pehuajó, en adelante el «ORGANIZADOR», convienen en celebrar el siguiente instrumento con carácter de Convenio, con el fin de realizar el Concurso Nacional de Ideas Proyecta Bolívar / Imagina el Parque------------------------------

ARTÍCULO PRIMERO: En los aspectos técnicos básicos del llamado a Concurso de Ideas, como así también en los de índole económica, financiera, legal y cronológica, tienen validez complementaria a este convenio, los folios Nº 1, 2, y 3 de la gestión preliminar de fecha 18 de marzo de 2016, que se agrega al presente como Anexo.----------------------

ARTÍCULO SEGUNDO: El «ORGANIZADOR» designa Asesores a la Arq. María Margarita Zubia DNI 12.396.487, a la Arq. Florencia Do Porto DNI 27.744.122 y al Arq. Santiago Oscar Erbiti DNI 11.578.521 para el llamado a Concurso de Ideas, sobre quienes recaerá la responsabilidad de llevar a cabo todas las tareas necesarias para la redacción de las Bases del llamado a Concurso, coordinando en tiempo y forma todas las etapas que figuran en el cronograma obrante en folio tres de la gestión preliminar citado en el artículo anterior.---------------------------------------------------------------------------------------

ARTÍCULO TERCERO: El «PROMOTOR» designa a la firma del presente convenio al Arq. Héctor Mariano Martin DNI 27.857.330 quién brindará los datos e información que solicite la asesoría y actuará de nexo entre el «PROMOTOR» y el «ORGANIZADOR». Esta información junto con la que se suministrará en las Bases, definirá el marco en que se encuadrará la elaboración de las ideas que presentarán los Participantes. También, el representante del «PROMOTOR» tendrá conocimiento de cada unos de los informes que elaboren los Asesores, para la redacción de las Bases del llamado a Concurso de Ideas---

ARTÍCULO CUARTO: Los gastos y honorarios en que se incurra por los trabajos de ensayos de suelos, mediciones y confección de planos – si fueren necesarios - correrán a cargo del «PROMOTOR» -----------

ARTÍCULO QUINTO: Los gastos y honorarios por la tarea fotográfica, tipiado, diseño e impresión de las Bases, serán a cargo del «ORGANIZADOR» ------------------------------------

En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor, a los veintiún (21) días del mes de marzo de dos mil dieciséis (2016).-------------------------------

Arq. Raúl Gustavo Sotelo                                                                              Dr. Eduardo Luján Bucca

Presidente CAPBA Distrito VII                                                       Intendente Municipalidad de Bolívar

CAPBA D7 ----------------- Concurso NI PB/IP ---------------

Pehuajó, 18 de marzo de 2016

ANEXO CONVENIO

Sr. Intendente Municipal De Bolívar

Dr. Eduardo Luján Bucca

S/D ________________________________________________________________________

Ref.: Gestión Preliminar

“Concurso Nacional de Ideas Proyecta Bolívar / Imagina el Parque”

De nuestra mayor consideración:

Continuando con las tareas para el llamado a Concurso de Ideas de la obra de referencia, presentamos la «Gestión Preliminar», con la intención de ajustarlo sobre la base de reuniones como las que nos ocupa.

La intención de esta «Gestión Preliminar», es confluir en la firma del Convenio, entre la Municipalidad de Bolívar. «Promotor» y el Colegio de Arquitectos de la Provincia de Buenos Aires, Distrito VII «Organizador». Convenio que, con el Reglamento de Concursos de la Federación Argentina de Entidades de Arquitectos (FADEA), el Programa de necesidades, etc., será el marco mínimo indispensable para la redacción de las Bases para el llamado a Concurso Nacional de Ideas no vinculante Proyecta Bolívar / Imagina el Parque”.

DEL CARÁCTER DEL CONCURSO:

I. DE IDEAS.

Las Ideas para el Parque Municipal Las Acollaradas de la Ciudad San Carlos de Bolívar deberán ser originales, inéditas, creativas, innovadoras, viables, sostenibles, cumplir con las bases del concurso y aportar soluciones válidas que conduzcan a respetar la idiosincrasia de los habitantes del lugar, prever la etapabilidad del desarrollo y promover cambios estructurales para el mejoramiento del conjunto.

La presentación grafica de los trabajos, deberá realizarse en forma concisa y que exprese claramente las ideas propuestas. Las memorias descriptivas deberán ser sintéticas y expresar con claridad el diagnóstico del área general de intervención y de cada una de las áreas elegidas en particular, con sus fortalezas y debilidades y fundamentar las ideas propuestas y sus estrategias de implementación.

II. ABIERTO.

Para Arquitectos matriculados de manera regular en alguna de las Instituciones adheridas a FADEA. En caso de equipos compuestos por distintas disciplinas, sólo será necesario que los arquitectos cumplan con este requisito.

III. A UNA PRUEBA O UNA VUELTA.

El llamado a Concurso producirá en la fecha prevista en calendario el fallo, otorgando orden de mérito a los trabajos premiados según consta en el punto IV y esto se considerará firme e inamovible (cada trabajo premiado estará acompañado de la crítica escrita del Jurado.) Asimismo, el Jurado podrá otorgar menciones especiales de carácter honorífico.

IV. DE LAS RETRIBUCIONES.

Premios del Concurso:

1º Premio: Pesos, ciento sesenta mil ($160.000,00.-), con impuestos incluidos.

2º Premio: Pesos, cuarenta mil ($40.000.-) con impuestos incluidos.

3º Premio: Pesos, veinte mil ($20.000.-) con impuestos incluidos.

El «Promotor» pagará los premios según consta en el punto VII y no reconocerá ningún gasto extraordinario a ninguno de los equipos participantes sean o no premiados.

V. DE LAS EROGACIONES.

A) Del «Organizador»:

1. Confección, diseño de la Bases y elaboración e impresión de carpetas para la Jura: $30.000,00

2. Difusión a Arquitectos.

B) Del «Promotor»:

1. Honorario Jurados: $24.300,00 (más adicionales de movilidad y viáticos).

2. Honorario Asesores: $24.300,00

3. Plataforma y Operador $6.480,00

4. CAPBA: $48.300,00

5. Auspicio FADEA: $9.720,00

6. Fondo Compensador: $9.720,00

7. Difusión Pública.

VI. DE LA CONFORMACIÓN DEL JURADO.

El jurado que fallará en el Concurso a una sola prueba lo hará en forma anónima y estará integrado por:

1. Un arquitecto, elegido por el «Promotor» quien representará, informará e ilustrará en todo momento a Municipalidad de Bolívar sobre la evaluación de la calidad y méritos de todos y cada uno de los trabajos, intercambiando opiniones técnicas y juicios de valor con sus pares, con la intención que surja el orden de méritos de acuerdo a su leal saber y entender.

2. Dos arquitectos en representación del CAPBA D7, elegidos por el «Organizador».

3. Un arquitecto de la lista de Jurados del CAPBA, elegido por mayoría de los votos de los Participantes.

4. Un arquitecto en representación de FADEA.

Asistirán a las reuniones del Jurado los Asesores, nombrados por el «Organizador», quienes estarán a disposición del citado cuerpo durante el desarrollo de la Jura para efectuar las aclaraciones necesarias.

VII. DEL CONCEPTO DE LOS PREMIOS.

El importe del Primer Premio se considerará: Un pago de Pesos, sesenta mil ($60.000,00-), se abonará en la «Entrega de Premios y Exposición de los Trabajos» el día 12 de agosto de 2016 y el importe Pesos, cien mil ($100.000,00-) restante, será abonado por el «Promotor» el día de la « Entrega de la Propuesta Final en base de las observaciones del Jurado » 2 de septiembre de 2016.

El Segundo y Tercer Premio se abonarán en la «Entrega de Premios y Exposición de los Trabajos» el día 12 de agosto de 2016.

VIII. DE LAS OBLIGACIONES.

El ganador del concurso se obliga a confeccionar la Propuesta de Ideas Final en base de las observaciones del Jurado con fecha máxima el 2 de septiembre de 2016.

IX. PROPIEDAD DEL TRABAJO.

Las Ideas clasificadas como Primer Premio “Proyecta Bolívar / Imagina el Parque” pasan a ser, cuando se dicte el fallo, íntegramente propiedad del «Promotor». Este no podrá utilizar las propuestas de otros trabajos ni total ni parcialmente.

Cronograma Tentativo del Concurso:

Firma del Convenio para el llamado a Concurso:

21 de marzo de 2016

Redacción de las Bases completas:

23 de mayo de 2016

Aprobación de las Bases:

27 de mayo de 2016

Difusión del Concurso:

21 de marzo al 30 de mayo de 2016

Apertura:

30 de mayo de 2016

Visitas al Sector:

7 y 11 de junio de 2016

Consultas con el Asesor:

8 y 17 de junio de 2016

Respuestas del Asesor:

14 y 22 de junio de 2016

Cierre del Concurso:

11 de julio de 2016

Jura:

5 de agosto de 2016

Fallo:

6 de agosto de 2016

Entrega de Premios y Exposición de los trabajos:

12 de agosto de 2016

Entrega de la Propuesta Final en base de las observaciones del Jurado:

2 de septiembre de 2016

Difusión amplia del Concurso con Exposiciones y Eventos a tal fin.

Sin otro particular saludamos muy atte.

Arq. Raúl Gustavo Sotelo                                                                                               Dr. Eduardo Luján Bucca

Presidente CAPBA D7                                                      INTENDENTE MUNICIPAL de BOLÍVAR

ARTICULO 2º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. ------------------------

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, A DIECINUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2016.