Boletines/Trenque Lauquen

Decreto Nº233/19

Decreto Nº 233/19

Trenque Lauquen, 25/01/2019

0233-19 Medida Discip. Cesantía SUAREZ ALEJANDRO JAVIER - RESERVADO

Visto

La sentencia condenatoria de fecha 28 de diciembre de 2.018 en la causa nº 909/3434 caratulada "Suarez Alejandro Javier - López, Mauro Miguel Ángel - Cachiotta, Marcelo José - Moralli, Silvio Patricio y otros s/ comercialización de estupefacientes Carlos Casares-Trenque Lauquen" y;

Considerando

Que los hechos que motivan las presentes actuaciones, radica en que el agente municipal Javier Alejandro Suárez legajo personal nº 6.153, DNI 18.547.583, quien se desempeñaba como camillero en el Hospital Municipal "Pedro T. Orellana", en el mes de mayo de 2017 fue detenido por la fuerza pública por delito de tráfico de estupefacientes e imputado en la IPP nº 650/16. Hecho notorio que resultó de conocimiento general en la comunidad.-

Que ante esta situación y encontrándose el trabajador privado de su libertad, se suspendió de hecho el contrato laboral. Esta situación incidió necesariamente sobre las obligaciones del trabajador y empleador, siendo su primera consecuencia lógica la suspensión de las obligaciones de dar ocupación y abonar salarios, por parte del empleador y la de prestar servicios por parte del trabajador. La mencionada privación de la libertad del trabajador, originada por una actuación de oficio de la policía, el Juez y/o Fiscal, como sucedió en este caso, resultó ser un impedimento a prestar servicios, ajeno a la voluntad del trabajador, por lo que sus faltas de asistencia tendrían un justificativo.-

Que en fecha 28 de diciembre de 2.018 en la Causa Nº 909/3434, caratulada: "SUAREZ ALEJANDRO JAVIER - LOPEZ, MAURO MIGUEL ÁNGEL - CACHIOTTA, MARCELO JOSE - MORALLI, SILVIO PATRICIO Y OTROS S/ COMERCIALIZACIÓN DE ESTUPEFACIENTES CARLOS CASARES-TRENQUE LAUQUEN", el Tribunal en lo Criminal Nº 1, luego de admitir el trámite de juicio abreviado, dictó sentencia resolviendo: "...I) CONDENAR a ALEJANDRO JAVIER SUAREZ, apodado "Tito", argentino, DNI Nº 18.547.583, nacido el día 24-11-1967 en Trenque Lauquen, instruido, soltero, 51 años, empleado en el Hospital Municipal, domiciliado en Departamento 1º B de la calle Sarmiento Nro. 116 de Trenque Lauquen,... por ser considerado autor penalmente responsable (art. 45 del C.P.) del delito de comercialización de estupefacientes previsto en el art. 5 inc. c de la ley 23.737, a la PENA DE CUATRO (4) AÑOS Y DOS (2) MESES DE PRISIÓN DE EFECTIVO CUMPLIMIENTO, ACCESORIAS LEGALES Y COSTAS, y multa de un mil quinientos pesos ($1500) (arts. 12, 29 inc. 3 del CP y 531 del CPP)...".-

Que atento la situación fáctica planteada, el agente municipal se encuentra con condena firme de prisión de efectivo cumplimiento, por lo que resulta evidente que la falta de asistencia al trabajo, pierde su justificación y deja de tener la cobertura de la situación suspensiva, configurándose como una falta muy grave de ausencias injustificadas al puesto de trabajo. La justificación de las faltas se pierde debido a que se considera que su privación de libertad es consecuencia directa de haber cometido un delito doloso.

Que en consonancia con lo relatado, la Ordenanza Municipal nº 4495/16 "Estatuto para el personal de la Municipalidad de Trenque Lauquen", trata específicamente el tema en su art. 80 el cual dispone expresamente que: "...Podrán sancionarse hasta con cesantía al agente por: ...inc 8) la sentencia condenatoria dictada en perjuicio del agente como autor, cómplice o encubridor de delito común de carácter doloso...".-

Que la Dirección de Asuntos Legales emite dictamen legal indicando que habiendo quedado firme la sentencia condenatoria al agente municipal SUAREZ ALEJANDRO JAVIER, en su carácter de autor del delito doloso de comercialización de estupefacientes y, perdiendo su justificación las inasistencias al trabajo, corresponde decretar la cesantía del agente Suarez motivada en la ausencia injustificada al puesto de trabajo.-

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:

ARTICULO 1º: En un todo de conformidad con las consideraciones expuestas, y habiendo quedado firme la sentencia condenatoria al agente Alejandro Javier Suárez, a la pena de 4 años y 2 meses de prisión de efectivo cumplimiento, decrétese al agente municipal Alejandro Javier Suárez, DNI 18.547.583, Legajo nº 6.153, la sanción de CESANTIA motivada en la ausencia injustificada al puesto de trabajo, la sanción comenzará a regir a partir de notificada la presente -

ARTICULO 2º: Notifíquese al interesado con entrega de copia del presente.-

ARTICULO 3º: Hágase saber a la Dirección de Recursos Humanos, a la Dirección del Hospital Municipal "Pedro T. Orellana" y a la Dirección de Asuntos Legales.-

ARTICULO 4º: Regístrese, cúmplase y oportunamente, archívese.-

Dr. Gustavo A. Marchabalo
Secretario de Gobierno 

Dr. Miguel Ángel Fernández
Intendente Municipal de Trenque Lauquen