Boletines/Magdalena

Decreto Nº565/19

Decreto Nº 565/19

Magdalena, 15/04/2019

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra I Nº 520/19, referente al Llamado a Concurso de Precios para adjudicar la “CONTRATACION DE LA MANO DE OBRA Y MATERIALES PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UN (01) TINGLADO EN LA DELEGACION ATALAYA, LOCALIDAD DE ATALAYA, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”.-

Que, NO existe saldo disponible en la respectiva partida del Presupuesto de Gastos, por ello; 

Considerando

Que, el Acto de Apertura contó con la participación de tres (03) Empresas/Firmas del ramo: Mario Ponce, Sandro Villarreal y Marcelo Llanos, cuya documentación presentada en el Acto de Apertura reúne apropiadamente la totalidad de las exigencias del Pliego de Bases y Condiciones.

Que, visto el informe emanado por el Sr. Sub Director de Gobierno a Fs. 156 donde considera que resulta conveniente a los intereses municipales la Oferta presentada por la firma Sandro Villarreal.

Que, visto el informe emanado por el Sr. Secretario de Hacienda Municipal a Fs. 156V, avalando dicha Adjudicación.

Que, NO existiendo saldo favorable en la respectiva Partida Presupuestaria;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

D E C R E T A

ARTICULO  1º: ADJUDICASE a la Empresa/Firma SANDRO VILLARREAL (CUIT Nº 20-26351463-8) por una suma total de PESOS TRESCIENTOS MIL CON 00/100 CVOS ($ 300.000,00) para adjudicar la “CONTRATACION DE LA MANO DE OBRA Y MATERIALES PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UN (01) TINGLADO EN LA DELEGACION ATALAYA, LOCALIDAD DE ATALAYA, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”, en un todo de acuerdo a la documentación que sirvió de base para el llamado a CONCURSO DE PRECIOS Nº 07/19.-

ARTICULO 2º.- AFÉCTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción 6.000, Programa 17/00 Partida 4.2.2.0 “Construcciones en Bienes de Dominio Publico” con Fuente de Financiamiento 110 de Origen Municipal del Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2019.-

ARTICULO 3º:  El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda Cr. Andrés L. García.-

ARTICULO  4º: Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.-

 

 

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cr.  ANDRES GARCIA

Secretario de Hacienda