Boletines/Trenque Lauquen

Decreto Nº326/19

Decreto Nº 326/19

Trenque Lauquen, 11/02/2019

0326-19 Adj. Concurso de Precios Nº 30-18 - 4 VIVIENDAS CIRCULO CERRADO GARRE

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 3.592/18, Concurso de Precios Nº 30/18, y los Decretos Nº 2.438/18 y 0240/19 para la adjudicación de cuatro (4) Viviendas en la localidad de Garré por el sistema Círculo Cerrado; y,

Considerando

Que mediante Decreto Nº 2.438/18, se llamó a Concurso de Precios Nº 30/18 para la adjudicación de dos viviendas en la localidad de Garré;

Que, posteriormente, atendiendo el interés de los vecinos, la necesidad habitacional en dicha localidad, y contando el municipio con terrenos aptos para el emplazamiento, se procedió a ampliar el cupo de viviendas a cuatro unidades habitacionales, conforme Decreto 0240/19;

Que se han cumplido los recaudos legales pertinentes;

Que se ha procedido a realizar el cuadro comparativo de las propuestas presentadas y un pormenorizado estudio de cada una de ellas respecto al cumplimiento de las exigencias insertas en el pliego de bases y condiciones;

Que corresponde proceder al dictado del acto administrativo correspondiente adjudicando las viviendas;

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Adjudícase el Concurso de Precios Nº 30/18, para la venta de cuatro (4) viviendas a construir por la Comuna en la localidad de Garré, a las siguientes ofertas:

1º) SEBASTIAN SAN JUAN, D.N.I 29.860.127 y GLADIS DENISA COMES, D.N.I 30.382.312.-

2º) JORGE NICOLAS SOLARI, D.N.I 34.170.882 y LUCRECIA GISELE DIEGO, D.N.I 34.755.871.-

3º) DIEGO EZEQUIEL CHAVEZ, D.N.I 33.920.492 y LUCIANA ANDREA PINTO, D.N.I 32.198.419.-

4º) JORGE DANIEL PRIETO, D.N.I 26.686.717 y RUTH NOELIA CONTRERAS MUZZIO, D.N.I 32.449.475.-

ARTÍCULO 2º.- Conforme las propuestas presentadas, los adjudicatarios abonarán la suma de Pesos Doscientos Diez Mil ($ 210.000) ofrecida en tres cuotas mensuales, iguales y consecutivas, la primera a la firma del boleto de compraventa, la segunda en el mes de marzo de 2.019 y la tercera en el mes de abril de 2.019 en tanto el resto de las cuotas se abonarán del 1 al 10 de cada mes en los meses subsiguientes, siendo la primera de ellas de Pesos Seis Mil ($6000.-). El ajuste comenzará a aplicarse a partir de la cuota con vencimiento en el mes de julio de 2.019 utilizando para ello el CVS que publica el INDEC tomándose la misma base que para el resto de los planes de vivienda.-

ARTÍCULO 3º.- Convócase a los adjudicatarios mencionados en el Artículo 1º, a comparecer ante la Dirección de Asuntos Legales de la Municipalidad de Trenque Lauquen, a fin de suscribir los Boletos de Compraventa respectivos, dentro del plazo de diez (10) computados a partir de la notificación del presente.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, Notifíquese, Regístrese y cumplido, Archívese.-

Dr. Gustavo A. Marchabalo
Secretario de Gobierno

Dr. Miguel Ángel Fernández
Intendente Municipal de Trenque Lauquen