Boletines/Trenque Lauquen

Ordenanza Nº4941/19

Ordenanza Nº 4941/19

Trenque Lauquen, 24/05/2019

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

Motiva la presente Ordenanza la nota presentada por los Sres. Nélida González, Pablo Armano, Noemí Armano, Lilian Armano y Norma Culasso.

Mediante la misma en su carácter de propietarios de los lotes ubicados en la localidad de Berutti identificados como Circ. III Secc. A Manz. 25 Parcelas 1a, 6a, 6b, 6c y 7, efectúan una propuesta al conflicto planteado.

Durante el curso de la gestión anterior de gobierno, y en atención a necesidades propias de la comuna, la Municipalidad procedió a realizar el trazado de un canal de desagüe pluvial que hasta el día de hoy discurre por el frente de los terrenos más arriba indicados impidiendo naturalmente el ingreso y por lo tanto la posibilidad de uso de los mismos.

En tal contexto y sabiendo que el costo de entubamiento y trabajos destinados a dotar de entrada independiente a cada uno de ellos resulta realmente elevado, proponen ceder en venta los mismos a la Municipalidad en la suma total (los 5 terrenos incluidos) de $ 350.000, debiendo aclarar que se encuentran tramitando dos sucesiones en estado avanzado, esto es, en condiciones de denunciar los inmuebles para, luego de abonados los gastos, obtener la orden de inscripción pertinente.

El precio indicado contempla que la Municipalidad asuma a su exclusivo costo los gastos que resulte necesario afrontar en el trámite judicial para obtener la orden de inscripción, así como los gastos propios de la inscripción en su favor.

De igual manera, atendiendo a los tiempos que podría demandar en su caso la concreción del negocio, a fin de evitar la pérdida del valor adquisitivo de la propuesta, han estimado prudente proponer como actualización a partir del mes de enero de 2019 una tasa del 35% anual.

En base a lo expuesto, considerando conveniente el ofrecimiento realizado, se propicia la siguiente Ordenanza autorizándose al Departamento Ejecutivo a proceder a llevar a cabo la operación en las condiciones propuesta.

Por lo expuesto precedentemente se propicia la norma en cuestión. (Exp. N° 6473/19 HCD.).

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE LEY LA PRESENTE:

O R D E N A N Z A

ORDENANZA

Artículo 1º.-) Autorízase al Departamento Ejecutivo a llevar a cabo la operación que resulte pertinente a fin de proceder a la adquisición de los derechos y acciones hereditarios respecto de inmuebles ubicados en la localidad de Berutti identificados catastralmente como: Circ. III, Secc. A, Manz 25, Parcelas 1a, 6a, 6b, 6c y 7.

Artículo 2º.-) El precio total por los cinco lotes no podrá exceder la suma de pesos cuatrocientos diez mil ($ 410.000), computados al 30 de Junio del 2019.

Artículo 3º.-) Las partes acordarán la forma de pago, pudiendo ajustarse el precio mediante la utilización del coeficiente de variación salarial (CVS), tomándose como mes base Julio de 2019.

Artículo 4º.-) A los fines indicados en el Artículo 1º, autorízase expresamente al Departamento Ejecutivo a asumir la gestión de conclusión de los procesos sucesorios en trámite, autorizándose asimismo la erogación de los gastos que dicho trámite pudiera irrogar, incluso los que correspondan a la inscripción, pudiendo oportunamente llevarse a cabo la misma a través de un escribano particular o mediante la intervención de la Escribanía General de Gobierno.

Artículo 5º.-) Déjase expresamente establecido que no se encuentra autorizado ningún pago a los cedentes en forma previa a la suscripción de la correspondiente cesión de derechos y acciones hereditarias.

Artículo 6°.-) Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL DIECINUEVE.

Cr. Pablo C. Larrosa
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante

Cr. Claudio S. Figal
Presidente
Honorable Concejo Deliberante 

Promulgación: Decreto N° 1.225/19 – 31/05/19

Firma: Dr. Miguel Ángel Fernández – Intendente Municipal.

Dr. Gustavo A. Marchabalo – Secretario de Gobierno.