Boletines/Magdalena
Decreto Nº 682/19
Magdalena, 06/05/2019
Visto
Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra S Nº 623/19, referente al Llamado a Concurso de Precios para adjudicar la “ADQUISICIÓN DE SETECIENTAS (700) TN DE PIEDRA PARTIDA 6/20 PARA LA ELABORACIÓN DE HORMIGÓN DESTINADO A OBRAS DE CORDÓN CUNETA, LOCALIDAD DE MAGDALENA Y B. BAVIO, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”.-
Que, existe saldo disponible en la respectiva partida del Presupuesto de Gastos, por ello;
Considerando
Que, el Acto de Apertura contó con la participación de tres (03) Empresas/Firmas del ramo: Galasur SA, Casa Molinari SRL y Vialero SA, cuya documentación presentada en el Acto de Apertura reúne apropiadamente la totalidad de las exigencias del Pliego de Bases y Condiciones.
Que, visto el informe emanado por el Sr. Sub Director de Gobierno a Fs. 145 donde considera que resulta conveniente a los intereses municipales la Oferta presentada por la firma Galasur SA.
Que, visto el informe emanado por el Sr. Intendente Municipal a Fs. 145V, avalando dicha Adjudicación.
Que, existiendo saldo favorable en la respectiva Partida Presupuestaria;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,
D E C R E T A
ARTICULO 1º: ADJUDICASE a la Empresa/Firma GALASUR SA (CUIT Nº 30-69114429-8) por una suma total de PESOS SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CON 00/100 CVOS ($ 668.500,00) para adjudicar la “ADQUISICIÓN DE SETECIENTAS (700) TN DE PIEDRA PARTIDA 6/20 PARA LA ELABORACIÓN DE HORMIGÓN DESTINADO A OBRAS DE CORDÓN CUNETA, LOCALIDAD DE MAGDALENA Y B. BAVIO, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”, en un todo de acuerdo a la documentación que sirvió de base para el llamado a CONCURSO DE PRECIOS Nº 08/19.-
ARTICULO 2º.- AFÉCTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción 5.000, Programa 20/01 Partida 2.8.4.0 “Piedra, Arena y Arcilla” con Fuente de Financiamiento 110 de Origen Municipal del Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2019.-
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda Cr. Andrés L. García.-
ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Cr. ANDRES GARCIA
Secretario de Hacienda