Boletines/Magdalena
Decreto Nº 737/19
Magdalena, 13/05/2019
Visto
El expediente letra “G” Nº 551/19, la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Reglamento de Contabilidad y las Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales para los Municipios de la Provincia de Buenos Aires establecidas por el Decreto Provincial 2980/00; y
Considerando
Que el artículo 172º de la L.O.M., artículo 94º del Reglamento de Contabilidad y artículo 48º del Decreto 2980 establece la forma de contabilizar las sumas que transitoriamente pasen por la Municipalidad y el tratamiento que debe darse a las Cuentas de Terceros;
Que el día 27 de Febrero de 2019, por instrucción de la Tesorería Municipal, fueron ingresados a “Cuenta de Terceros” (Otros Fondos de Terceros – Código de Ingreso Contable Nº 71999) la suma de $698,52 (PESOS SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON CINCUENTA Y DOS CENTAVOS) mediante el Recibo Nº 009/001900011638.
Que el importe mencionado en el apartado anterior fue imputado a dicha cuenta por tratarse de un depósito realizado en la Cuenta Corriente Municipal (50011/1), y no habiéndose ejecutado el pago del cheque N° 61430781, emitido el día 27 de Diciembre del 2018, a nombre de ARAUCARIA SH, el cual se encuentra vencido a la fecha..
Que en consecuencia se deben efectuar las adecuaciones contables pertinentes que reflejen la correspondiente transferencia de fondos y la correcta imputación contable del ingreso de los recursos.
Por ello,
El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°: Líbrese, por las causales expresadas en el exordio, orden de pago extrapresupuestaria a favor de la Tesorería Municipal por $698,52 (PESOS SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON CINCUENTA Y DOS CENTAVOS) con cargo a la Cuenta de Terceros “OTROS FONDOS DE TERCEROS” (Cód. 71999).
ARTÍCULO 2°: Autorícese a la Tesorería Municipal y a la Subdirección de Rentas a efectuar los ajustes e imputaciones pertinentes y el Ingreso al Cálculo de Recursos del valor percibido en virtud del depósito realizado por ARAUCARIA SH por el importe mencionado en el Artículo anterior y acreditado en la cuenta bancaria municipal 1849/4, el día 27/02/2019.
ARTÍCULO 3°: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno a cargo de la secretaria de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.
ARTÍCULO 4°: Comuníquese, tomen nota las oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Dn. RODOLFO SALOMON TATA
Secretario de Gobierno