Boletines/Magdalena

Decreto Nº821/19

Decreto Nº 821/19

Magdalena, 22/05/2019

Visto

EL Expte L.F 869/19 mediante el  cual,la  familia Flores de  nuestro distrito solicita materiales de construcción para  mejorar su vivienda    y

Considerando

Que a fs. 1 obran notas de solicitud por  parte de la familia.

  Que a fs. 2 y 3 obran presupuesto de los materiales que solicitan.

 Que a fs. 8 obra  informe social que corrobora la situación  socioeconómica de la familia.

 Que la entrega de los materiales permitirá mejorar la calidad de vida de estas familias y sus condiciones habitacionales.

 Que la familia solicita una   ayuda mixta, una con carácter de subsidio, dado que la  solicitante presenta  problemas de salud, y la otra  en con devolución de tareas comunitarias en el marco del   Programa Banco de materiales de construcción.                                                                   

Que se hace necesario realizar el acto administrativo correspondiente.

Por ello,

El Sr. Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus  atribuciones

 DECRETA

Articulo 1º: Otórguese    un subsidio de materiales de construcción, en especies, que se --detallan en el anexo I que forma parte del presente, a favor de las familias y /o personas  que se indica, en concepto de entrega  de materiales de construcción  para mejorar su viviendas de acuerdo al considerando.

Articulo 2º Para  tal erogación será afectada la partida  5.1.4 ayuda sociales a personas  --correspondiente a la jurisdicción  7000 Programa 24-05- FF 132.

Articulo 3ª    Otórguese  un préstamo en especies, que se materializará en la entrega  de materiales de construcción  y que será  devuelto  con dinero  en efectivo, en el marco del “Programa Banco de materiales” a favor de la familia que se detalla en el anexo II  que forma parte  del presente, en concepto de entrega de materiales de construcción para su mejorar su vivienda de acuerdo al considerando   

Articulo 4º Para  tal erogación será afectada la partida  5.1.4 ayuda sociales a personas  correspondiente a la jurisdicción  7000 Programa 24-04- FF 110.

Articulo5ª. El  presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno y   Hacienda.

Articulo 6ª Comuníquese a quienes corresponda  y dese al Registro Municipal.

 

 

 Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno