Boletines/Magdalena
Decreto Nº 787/19
Magdalena, 20/05/2019
Visto
Las actuaciones obrantes que corre por Expediente Letra “J“ Nº 553/19, referente al Llamado a Concurso de Precios 13/19, para “LA ADQUISICION DE 240 CAMISAS, 96 CARDIGAN Y 28 SWEATERS ESCOTE EN V, PARA EL PERSONALADMINISTRATIVO DEL C.A.M., HOSPITAL, UNIDADES SANITARIAS, HOGAR DE ANCIANOS Y CENTRO OPERATIVOMUNI9CIPAL (C.O.M.) DE LA MUNCI9IPALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PROV. DE BS. AS., Y;
Considerando
Que, la apertura de las ofertas se ha realizado el día 16 de Mayo del 2019 Que, se presentaron cuatro oferentes, siendo los mismos las firmas: ZAPHIRA S.A., KUIYAN RICARDO JORGE, VENTAS VARELA S.A. y CASANOVA GABRIELA VERONICA respectivamente,
Que, por aplicación del artículo 3.7 de las Especificaciones Legales Generales del Pliego de Bases y Condiciones se debe conformar una Comisión Técnica Evaluadora, encargada de analizar la documentación presentada y la calidad de los materiales aportados por las empresas oferentes, teniendo en cuenta lo establecido en el Articulo 4.2,
Que, la citada Comisión será conformada por las personas que designe el Departamento Ejecutivo.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Créase la Comisión Técnica Evaluadora AD HOC para el estudio de la documentación y calidad y emitir informe en el ámbito de su competencia en relación a las propuestas presentadas por los oferentes participantes en el Concurso de Precios 13/19.-
ARTICULO 2º: Esta Comisión ajustará su accionar a las especificaciones citadas en el Pliego de Bases y Condiciones correspondientes al Concurso de Precios 13/19.-
ARTICULO 3º: Producido el informe y elevado al Departamento Ejecutivo, la Comisión Técnica Evaluadora caducará de oficio.
ARTICULO 4º: Designase a las personas que se citan a continuación para integrar la Comisión AD HOC:
- Lic. Daniela Peluso Dir. Educ., Des. Hum. Y Flia.
- Dra. Ana Maria Vigorito Sub. Dir. As. Letrada
-Sra. Isabel Giardinieri Secretaria Privada
ARTICULO 5º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno Sr. Rodolfo Tata.
ARTICULO 6º: Comuníquese a quienes corresponda, dése las actuaciones al Registro Municipal y Archívese.
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Dn. RODOLFO SALOMON TATA
Secretario de Gobierno