Boletines/Magdalena
Decreto Nº 857/19
Magdalena, 27/05/2019
Visto
El Expte. Letra F Nº 891/19 mediante el cual la Sra. FERREYRA, Luz solicita ayuda económica para abonar el suministro de luz, y
Considerando
Que a fs.1 se encuentra nota de pedido para abonar el pago de luz por parte de la Sra. FERREYRA, Luz.
Que a fs. 2 se encuentra la factura de la Empresa Edelap donde consta la deuda que posee.
Que a fs. 3 se corrobora la situación socio-económica del solicitante.
Que el servicio de luz es indispensable para la Sra. FERREYRA, Luz.
Por ello,
EL Sr. INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1º: ABONESE a la Empresa EDELAP la suma de PESOS MIL DOSCIENTOS VEINTISIETE CON SETENTA Y CUATRO CTVS ($1227,74) en concepto de pago de luz de la Sra. FERREYRA, Luz de acuerdo al considerando.
ARTÍCULO 2º: Para tal gasto será afectada la partida 5.1.4.0 Ayuda Sociales a Personas. Jurisdicción 7000 .Apertura Programática 24.04.00 .Fuente de financiamiento 110 Tesoro Municipal, con carácter de insistencia.
ARTICULO 3º: El solicitante deberá presentar el comprobante dentro de los 30 días recibido el beneficio.
ARTICULO 4 º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno a cargo de Hacienda.
ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda y archívese
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Dn. RODOLFO SALOMON TATA
Secretario de Gobierno