Boletines/Magdalena

Decreto Nº849/19

Decreto Nº 849/19

Magdalena, 27/05/2019

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra S Nº 470/19, referente a Licitación Privada para adjudicar la “ADQUISICIÓN DE CARPINTERIAS PARA LA TERMINACION DE ONCE (11) VIVIENDAS – ETAPA 1, LOCALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”.-

Que, existe saldo disponible en la respectiva partida del Presupuesto de Gastos, por ello; 

Considerando

Que, el Acto de Apertura contó con la participación de 4 (cuatro) Empresas/Firmas del ramo Sanitarios Magdalena S.R.L, Vialero S.A, Sebastián Fonseca, y Casa Homero S.H, cuya documentación presentada en el Acto de Apertura reúne apropiadamente la totalidad de las exigencias del Pliego de Bases y Condiciones.

Que, visto el informe emanado por el Sr. Sub Secretario de Gobierno a Fs. 141 donde considera que resulta conveniente a los intereses municipales la Oferta presentada por la empresa Sanitarios Magdalena S.H.

Que, visto el informe emanado por el Sr. Secretario de Gobierno Municipal a Fs. 141v, avalando dicha Adjudicación.

Que, existiendo saldo favorable en la respectiva Partida Presupuestaria;

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus facultades

DECRETA

ARTICULO 1º:  ADJUDICASE a  la  Empresa / Firma “SANITARIOS  MAGDALENA  S. H.” (CUIT  Nº  30 -71110663 -0) por  una  suma  total  de  PESOS SETECIENTOS  CUARENTA Y   NUEVE   MIL   OCHOCIENTOS   SETENTA  CON  00/100  CVOS  ( $  749.870,00 )  para  adjudicar   la   CONTRATACIÓN   DE   ADQUISICIÓN  DE  CARPINTERIAS  PARA  LA   TERMINACION   DE  ONCE   (11)   VIVIENDAS   –   ETAPA   1,   EN   LA   LOCALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”.-, en un todo de acuerdo a la documentación que sirvió de base para el llamado a LICITACIÓN PRIVADA Nº 11/19.

ARTICULO 2º.- AFÉCTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción 5.000, Programa 23 Partida 4.2.1.0 “Construcción en bienes de dominio privado” con Fuente de Financiamiento 132 de Origen Provincial del Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2019.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno Sr. Rodolfo Tata.

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.

 

 Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno