Boletines/Trenque Lauquen

Ordenanza Nº4948/19

Ordenanza Nº 4948/19

Trenque Lauquen, 07/06/2019

EXPOSICION DE MOTIVOS.

 

Motiva el presente proyecto la necesidad del dictado del pertinente acto legislativo mediante el cual se autorice a la Cooperativa de Trabajo Fundilauquen Ltda. a mudar sus instalaciones de su locación actual en el SIP, con identificación catastral en Circunscripción XVII; Secc. C; Manzana 244e; Parcela 3 hacia el lote identificado como Circunscripción XVII; Secc. C; Manzana 244e; Parcela 2.

El terreno que actualmente tiene en uso la Cooperativa de Trabajo Fundilauquen Ltda. no cuenta con las dimensiones necesarias para cumplir el objetivo pretendido. Ante esta situación, se solicitó poder trasladar la empresa Fundilauquen Ltda. a un terreno también ubicado en el SIP, el cual se encuentra disponible y se identifica catastralmente como: Circunscripción XVII; Secc. C; Manzana 244e; Parcela 2.

Este no sólo tiene las dimensiones necesarias para su funcionamiento sino que actualmente contiene la construcción de una cabreada que serviría de base para poder lograr la edificación deseada y la puesta en marcha de la actividad a corto plazo.

De formalizarse la autorización solicitada, modificando la locación de la concesión de uso ya otorgada, la cooperativa estaría en condiciones de poder tramitar herramientas económicas a través del Ministerio de Desarrollo Social de Nación, reactivando así en nuestra ciudad la industria de fundición con resultados mucho más óptimos que los existentes al día de hoy.

Asimismo y en el marco de la solicitud, se asumirían el compromiso
de entregar el actual terreno ocupado por la empresa Fundilauquen Ltda., en
total estado de limpieza y condiciones, que permitan a este Municipio ofrecer automáticamente el mismo a nuevos interesados.

Por lo hasta aquí expuesto y entendiendo este Departamento Ejecutivo que el acompañamiento de este proyecto implica actualmente una inmejorable posibilidad de reactivar la industria de fundición, con objetivos claros que fomentan la producción e industria.

Por lo expuesto precedentemente se propicia la norma en cuestión (Exp. N° 5239/06 c/c 5070/05 HCD.).

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE LEY LA PRESENTE:

O R D E N A N Z A

ORDENANZA

Artículo 1º.-) Autorízase a la Empresa "Cooperativa de Trabajo Fundilauquen Limitada", Matricula 53404, a mudar su ubicación actual en el Sector Industrial Planificado, con identificación catastral en Circunscripción XVII; Secc. C; Manzana 244e; Parcela 3; hacia el lote identificado como Circunscripción XVII; Secc. C; Manzana 244e; Parcela 2.

Artículo 2º.-) Sin perjuicio de la modificación del lugar concedido, la presente en modo alguno modifica los demás términos y condiciones en que se ha otorgado la concesión de uso a la empresa.

Artículo 3º.-) Requiérase a la Empresa entregar el actual terreno, en total estado de limpieza y condiciones que permitan a la Municipalidad de Trenque Lauquen ofrecer automáticamente el mismo a nuevos interesados, facultándose caso contrario al Departamento Ejecutivo a liquidar el costo de acondicionamiento pertinente con más las multas que pudieran corresponder y exigir su pago por el medio que estime más conveniente.

Artículo 4º.-) Otorgase por dos (2) años la concesión de uso del predio identificado en el artículo 1°, computándose dicho plazo a partir de la promulgación de la presente Ordenanza.

Artículo 5°.-) Una vez promulgada la presente, agréguese copia de la misma al Expediente N° 5070/05, 5239/06 de este HCD y al Expediente Administrativo 1919/2013 de la Municipalidad de Trenque Lauquen.

Artículo 6°.-) Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL DIECINUEVE.

Cr. Pablo C. Larrosa
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante

Cr. Claudio S. Figal
Presidente
Honorable Concejo Deliberante 

 

Promulgación: Decreto N° 1317/19 – 14/06/19

Firma: Dr. Miguel Ángel Fernández – Intendente Municipal.

Dr. Gustavo A. Marchabalo – Secretario de Gobierno.