Boletines/Magdalena
Decreto Nº 899/19
Magdalena, 04/06/2019
Visto
Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra S Nº 975/19, referente al Llamado a Licitación Pública para adjudicar la “CONTRATACION DE LA MANO DE OBRA, MATERIALES Y EQUIPOS NECESARIOS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE CONSULTORIOS EXTERNOS DEL HOSPITAL MUNICIPAL, LOCALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”, y
Considerando
Que, a Fs. 01 el Sr. Sub Secretario de Gobierno, solicita se llame a Licitación Publica.
Que, no existe saldo disponible en la respectiva partida del Presupuesto de Gastos, por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,
D E C R E T A
ARTICULO 1º.- LLAMASE con CARÁCTER de INSITENCIA a la LICITACIÓN PUBLICA Nº 15/19, para adjudicar la “CONTRATACION DE LA MANO DE OBRA, MATERIALES Y EQUIPOS NECESARIOS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE CONSULTORIOS EXTERNOS DEL HOSPITAL MUNICIPAL, LOCALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES” en virtud del exordio de la presente.
ARTICULO 2º.- AFÉCTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción 5.000, Programa 23/54, Partida 4.2.2.0 “Construcciones en Bienes de Dominio Publico” con Fuente de Financiamiento 110 de Origen Municipal del Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2019.-
ARTICULO 3º.- ESTIPÚLESE un PRESUPUESTO OFICIAL total de PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 CVOS ($ 3.500.000,00).-
ARTICULO 4º.- ESTIPÚLESE que la GARANTÍA DE PROPUESTA que será por un importe de PESOS TREINTA Y CINCO MIL CON 00/100 CVOS ($ 35.000,00.-).
ARTICULO 5º.- DETERMINASE el valor del Pliego de Bases y Condiciones que será por un importe de PESOS TRES MIL QUINIENTOS CON 00/100 CVOS ($ 3.500,00.-).
ARTICULO 6º.- DETERMINASE que el día JULIO 03 DEL AÑO 2019, a las 12:00 HORAS se llevará a cabo el acto de apertura de las ofertas presentadas en el Salón Auditorio de la Municipalidad de Magdalena, sito en calle Brenan Nº 970 de la Ciudad de Magdalena, Partido de Magdalena, Provincia de Buenos Aires.
ARTICULO 7º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda Sr. Andrés García.-
ARTICULO 8º.- Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.-
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Cr. ANDRES GARCIA
Secretario de Hacienda