Boletines/Magdalena
Decreto Nº 979/19
Magdalena, 19/06/2019
Visto
Nota elevada por el Director de Administración de Salud y;
Considerando
Que es intención del presente Depto. Ejecutivo que todo el personal cumpla con las normas laborales de asistencia.
Que, el no cumplimiento de las obligaciones de diligencia laboral de un agente municipal, hace pasible al personal de las siguientes sanciones: llamado de atención y descuento del día correspondiente.
Que en las mismas el Sr. VICTOR ZAPIOLA Director de Administración de Salud informa sobre la conducta de la agente municipal COPPINI ANIBAL (leg. 4885), quien no concurrió a su lugar de trabajo los días 15, 22 y 29 de mayo de 2019 sin aviso.
P O R T O D O E L L O
El SR. INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que les son propias.
D E C R E T A
ARTICULO 1º: SANCIONESE con una medida correctiva: LLAMADO DE ATENCION al agente municipal COPPINI ANIBAL (leg. 4885), en virtud de las causales expuestas en el exordio del presente.
ARTÍCULO 2º: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a DESCONTAR de los haberes correspondientes al mes de junio por no concurrir a su lugar de trabajo sin aviso previo y/o justificación posterior correspondiente y el presentismo, al Agente:
Leg. Nº |
Agente Municipal |
Días de DESCUENTO |
Fecha |
4885 |
COPPINI ANIBAL |
3 (TRES) GUARDIAS |
15, 22 y 29 de mayo de 2019. |
ARTICULO 3º: El presente será notificado al Agente por medio de la Oficina de Personal y Director responsable del Área de trabajo.
ARTÍCULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Sr Secretario de Gobierno.
ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al registro Municipal y archívese.
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Dn. RODOLFO SALOMON TATA
Secretario de Gobierno