Boletines/Magdalena

Decreto Nº981/19

Decreto Nº 981/19

Magdalena, 21/08/2019

Visto

             El Decreto 159/18; y

Considerando

Que el mismo reglamenta el mecanismo de cálculo para los funcionarios de Ley y la planta política;

 Que en su Artículo 2º establece el porcentaje correspondiente a la bonificación por función para funcionarios alcanzados por lo establecido en la Ordenanza N° 3464/17;

  Que se hace necesario modificar el mencionado artículo para que permita cambiar en carácter general o particular el porcentaje de la bonificación;

  Por ello             

El Intendente Municipal en uso de sus atribuciones sanciona el siguiente:

D E C R E T A

Artículo 1°.- Modifíquese el Artículo 2° del Decreto 159/18, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 2°.- Para aquellos funcionarios que estén alcanzados por lo establecido en el Art. 16º de la Ordenanza Nº 3464/17 percibirán la remuneración mensual y habitual calculada de acuerdo al sueldo mínimo conformado a que hace referencia dicho articulo, que será el resultante de considerar la sumatoria de los siguientes conceptos: el sueldo básico mínimo para los agentes municipales pertenecientes a la planta permanente de la administración municipal, mayores de 18 años, que cumplan el régimen horario de trabajo completo de 30 hs semanales, la bonificación Especial Remunerativa no Bonificable establecida en el articulo 7º de la ordenanza 3464/17, la bonificación por Refrigerio establecida en el articulo 8º, y la bonificación por función cuyo monto será el equivalente al veinte por ciento de la sumatoria del básico y bonificaciones enunciadas precedentemente y cuyo porcentaje podrá modificar el Departamento Ejecutivo con carácter general o particular.-“

Artículo 2°.-  Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

 

 Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno