Boletines/Magdalena
Decreto Nº 984/19
Magdalena, 21/06/2019
Visto
Nota elevada por el Director de Obras y Servicios Publico con respecto a la conducta del Agente Municipal Buceta Mauricio Leg. 1390, y;
Considerando
Que es intención del Departamento Ejecutivo que todo el personal cumpla con las normas laborales de asistencia.
Que, el no cumplimiento de las obligaciones de diligencia laboral de un agente municipal, hace pasible al personal de las siguientes sanciones: llamado de atención, Suspensión y descuento de los días correspondientes.
Que en las mismas el Sr. Andrés Castelli, Director de Obras y Servicios Públicos informa sobre la conducta del agente municipal BUCETA MAURICIO (leg. 1390), quien agredió físicamente día 19 de junio de 2019 a un compañero de trabajo Lujan Buceta propinándole un golpe de puño causándole un corte en el labio dentro del horario laboral, y previamente enviando amenazas telefónicas al mismo.
Que se aplicara del Inc 2) y 5) del Art 82 del Convenio Colectivo de Trabajo, SUSPENSION por 12 (DOCE) días sin goce de haberes.
P O R T O D O E L L O
El SR. INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que les son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1º: SANCIONESE con una medida correctiva: SUSPENSION por 12 (DOCE) días Laborables, a partir del día siguiente inmediato a la notificación, al agente municipal BUCETA MAURICIO (leg. 1390), en virtud de lo expresado en el Inc 2) Y 5) del Art 82 del Convenio Colectivo de Trabajo.
ARTICULO 2º: La presente sanción se cumplirá el día de la fecha mencionada, dejándose testimonio de la presente en el Legajo Personal del agente citado.
ARTÍCULO 3º: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a DESCONTAR de los haberes correspondientes al mes de junio, doce días por suspensión sin goce de haberes y presentismo, Al Agente:
Leg. Nº |
Agente Municipal |
Días de DESCUENTO |
1390 |
BUCETA MAURICIO |
12 (DOCE) DIAS |
ARTICULO 4º: El presente será notificado al Agente por medio del Director de Obras y Servicios Públicos Sr. Andrés Castelli.
ARTICULO 5º: El presente Decreto será refrendado por el Sr Secretario de Gobierno.
ARTICULO 6º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al registro Municipal y archívese.
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Dn. RODOLFO SALOMON TATA
Secretario de Gobierno