Boletines/Trenque Lauquen
Decreto Nº 837/19
Trenque Lauquen, 11/04/2019
0837-19 Cuota Red Vial 02-19
Visto
La Ordenanza Nº 4.814/18; y,
Considerando
Que la Ordenanza General Impositiva en el Capítulo XII Art. 48 establece que por la tasa por conservación, reparación y mejorado de la red vial municipal se abonará por mes y por hectárea el equivalente en pesos a 420 gramos de novillo tipo consumo (400 a 420 Kgs.) tomando el precio máximo, promedio de los 4 últimos días hábiles del mes previo al vencimiento, logrado en el Mercado de Liniers.-
Que al momento de ponerse al cobro el tributo, el Departamento Ejecutivo debe determinar el precio del kilogramo de novillo, a los efectos de la aplicación de la Ordenanza Impositiva vigente;
Que el Departamento de Fiscalización ha instrumentado el cálculo dispuesto por dicha norma ascendiendo a la suma de $ 55,59 por hectárea por bimestre.-
Que es necesario dictar el acto administrativo correspondiente;
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN:
D E C R E T A:
ARTICULO 1º.- Disponer que a partir del Período 02/2019 la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, ascenderá a la suma de Pesos CINCUENTA Y CINCO CON CINCUENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 55,59) por hectárea, por bimestre en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza Nº 4.814/18.-
ARTICULO 2º.- Comuníquese, notifíquese, regístrese y cumplido archívese.-
Cdor. Pablo N. Silvani
Secretario de Hacienda
Dr. Miguel Ángel Fernández
Intendente Municipal de Trenque Lauquen