Boletines/Magdalena

Decreto Nº1055/19

Decreto Nº 1055/19

Magdalena, 01/07/2019

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra S Nº 1953/18 Alc.1, referente a Licitación Privada para adjudicar la “CONTRATACIÓN DE LA MANO DE OBRA Y MATERIALES NECESARIOS PARA LA CONSTRUCCION DE BAÑOS, VESTUARIOS Y BUFFET DEL C.R.I.M., LOCALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”.-

Que, NO existe saldo disponible en la respectiva partida del Presupuesto de Gastos, por ello; 

Considerando

Que, el Acto de Apertura del Llamado contó con la participación de CUATRO (04) Empresas/Firmas del ramo Marcelo Llanos, Gastón Álvarez, Mario Ponce y Servicios SA, cuya documentación presentada en el Acto de Apertura reúne apropiadamente la totalidad de las exigencias del Pliego de Bases y Condiciones.

Que, a Fs. 623 visto el empate de las Firma/Oferentes Marcelo Llanos y Mario Ponce, Sub Secretario de Gobierno solicita a ambas Firmas una Mejora de Oferta.

Que, visto el informe emanado por el Sr. Sub Secretario de Gobierno a Fs. 630 considera que resulta conveniente a los intereses municipales la Oferta presentada por la Firma/ Empresa Marcelo Llanos.

Que, visto el informe emanado por el Sr. Secretario de Hacienda Municipal a Fs. 630v avalando dicha Adjudicación.

Que, NO existiendo saldo favorable en la respectiva Partida Presupuestaria;

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus facultades

DECRETA

 

ARTICULO 1º: ADJUDICASE con CARÁCTER de INSISTENCIA a la Empresa/Firma MARCELO LLANOS  (CUIT Nº 20-21722222-6) por una suma total de PESOS UN MILLON SETECIENTOS TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 1.732.500,00) para adjudicar la “CONTRATACIÓN DE LA MANO DE OBRA Y MATERIALES NECESARIOS PARA LA CONSTRUCCION DE BAÑOS, VESTUARIOS Y BUFFET DEL C.R.I.M., LOCALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”, en un todo de acuerdo a la documentación que sirvió de base para el llamado a LICITACIÓN PRIVADA Nº 14/19.-

ARTICULO 2º.- AFÉCTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción 11.000, Programa 28/11 Partida 4.2.2.0 “Construcción en Bienes de Dominio Publico” con Fuente de Financiamiento 110 de Origen Municipal del Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2019.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda Cr. Andrés García.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.-

 

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cr.  ANDRES GARCIA

Secretario de Hacienda