Boletines/Magdalena

Decreto Nº1104/19

Decreto Nº 1104/19

Magdalena, 10/07/2019

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra S Nº 866/19, referente al Llamado a Concurso de Precios para adjudicar la “ADQUISICIÓN DE TRESCIENTOS CINCUENTA (350) TN DE PIEDRA PARTIDA 6/12 PARA EJECUTAR EL RIEGO ASFALTICO EN DISTINTAS LOCALIDADES, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”.-

Que, NO existe saldo disponible en la respectiva partida del Presupuesto de Gastos, por ello; 

Considerando

Que, el Acto de Apertura contó con la participación de una (01) sola   Empresas/Firmas del ramo: GALASUR S.A., cuya documentación presentada en el Acto de Apertura reúne apropiadamente la totalidad de las exigencias del Pliego de Bases y Condiciones.

Que, visto el informe emanado por el Sr. Sub Director de Gobierno a Fs. 77 donde considera que resulta conveniente a los intereses municipales la Oferta presentada por la firma mencionada.

Que, visto el informe emanado por el Sr. Secretario de Hacienda Municipal a Fs. 77v, avalando dicha Adjudicación.

Que, NO existiendo saldo favorable en la respectiva Partida Presupuestaria;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

D E C R E T A

ARTICULO  1º: ADJUDICASE con CARÁCTER de INSISTENCIA a la Empresa/Firma GALASUR SA (CUIT Nº 30-69114429-8), por una suma total de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL QUINIENTOS CON 00/100 CVOS ($ 353.500,00) para adjudicar la “ADQUISICIÓN DE TRESCIENTOS CINCUENTA (350) TN DE PIEDRA PARTIDA 6/12 PARA EJECUTAR EL RIEGO ASFALTICO EN DISTINTAS LOCALIDADES, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”, en un todo de acuerdo a la documentación que sirvió de base para el llamado a Concurso de Precios Nº 25/19.-

ARTICULO 2º.- AFÉCTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción 5.000, Programa 20/01 Partida 2.8.4.0 “Piedra, Arena y Arcilla” con Fuente de Financiamiento 110 de Origen Municipal del Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2019.-

ARTICULO 3º:  El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda Cr. Andrés L. García.-

ARTICULO  4º: Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.-

 

 

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cr.  ANDRES GARCIA

Secretario de Hacienda