Boletines/Magdalena
Decreto Nº 1126/19
Magdalena, 12/07/2019
Visto
Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra S Nº 473/19, referente al Llamado a Concurso de Precios para adjudicar la “ADQUISICIÓN DE MATERIALES SANITARIOS PARA LA TERMINACION DE ONCE (11) VIVIENDAS – ETAPA 1, LOCALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”.-
Que, NO existe saldo disponible en la respectiva partida del Presupuesto de Gastos, por ello;
Considerando
Que, el Acto de Apertura del Llamado contó con la participación de un solo (01) Empresas/Firmas del ramo Sanitarios Magdalena SRL, cuya documentación presentada en el Acto de Apertura reúne apropiadamente la totalidad de las exigencias del Pliego de Bases y Condiciones.
Que, visto el informe emanado por el Sr. Sub Secretario de Gobierno a Fs. 65 considera que resulta conveniente a los intereses municipales la Oferta presentada por la Firma/ Empresa mencionada.
Que, visto el informe emanado por el Sr. Secretario de Hacienda Municipal a Fs. 65v avalando dicha Adjudicación.
Que, no existiendo saldo favorable en la respectiva Partida Presupuestaria
EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus facultades
DECRETA
ARTICULO 1º: ADJUDICASE con CARÁCTER de INSISTENCIA a la Empresa/Firma “SANITARIOS MAGDALENA SRL” (CUIT Nº 30-71110663-0) por la suma total de PESOS QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 00/100 ($ 531.995,00) para adjudicar la “ADQUISICIÓN DE MATERIALES SANITARIOS PARA LA TERMINACION DE ONCE (11) VIVIENDAS – ETAPA 1, LOCALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”, en un todo de acuerdo a la documentación que sirvió de base para el llamado a CONCURSO DE PRECIOS Nº 26/19.-
ARTICULO 2º.- AFÉCTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción 5.000, Programa 23/52 Partida 4.2.1.0 “Construcción en Bienes de Dominio Privada” con Fuente de Financiamiento 132 de Origen Provincial del Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2019.-
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda Cr. Andrés García.-
ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.-
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Cr. ANDRES GARCIA
Secretario de Hacienda