Boletines/Magdalena
Decreto Nº 1200/19
Magdalena, 29/07/2019
Visto
El Expediente Letra D Nº 1339/19 mediante el cual el Director de Deportes D. ALEJANDRO GUTIERREZ solicita la entrega de fondos para ser utilizados durante su estadía junto a la Delegación representativa de la Municipalidad de Magdalena en la final de los Juegos Buenos Aires La Provincia a realizarse en la ciudad de Mar del Plata del 22 al 25 de Agosto de 2019 y
Considerando
Que a fs. 1 se expresa que el Sr Director de Deportes es el responsable a cargo de la Delegación compuesta por 17 (diecisiete ) miembros y necesita contar con una suma de dinero que le permita afrontar gastos de carácter imprevistos como transportes internos, comunicaciones telefónicas, medicamentos o cualquier otro originados en las actividades propias del evento durante la estadía en la ciudad de Mar del Plata;
Que no obstante las restricciones establecidas por las normas administrativas vigentes, el fin al que son destinados los fondos mencionados encuadra la operatoria a utilizar dentro del marco establecido en los artículos 89º y 90º de las Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales anexo al Decreto Provincial 2980/00;
Que asimismo, es necesario exigir a posteriori la rendición de los fondos entregados con documentos extendidos de acuerdo a las normas impositivas vigentes;
Que debe garantizarse la devolución de los importes de dinero no rendidos;
Que no existe saldo,
Por todo ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Líbrese Orden de Pago a favor del LIC. ALEJANDRO GUTIERREZ Director de Deportes de esta Comuna (Legajo Nº 1355) por la suma de $ 25.000 (PESOS VEINTICINCO MIL) por las causas mencionadas en el exordio.
ARTICULO 2º: La suma de dinero consignada en el artículo precedente se entrega “con cargo” al Lic. ALEJANDRO GUTIERREZ ( Legajo Nº 1355 ), quien deberá dentro de los dos (2) días hábiles posteriores a la finalización del evento en la ciudad de Mar del Plata, presentar la rendición de los mismos mediante la entrega de los comprobantes que justifiquen cada gasto, los que deberán cumplir con las normas de facturación vigentes.
ARTICULO 3º: Los importes no rendidos deberán ingresarse a la Tesorería Municipal con un plazo que no podrá ser superior al establecido en el artículo anterior.
ARTICULO 4º: La entrega de los fondos serán garantizados con los haberes del agente responsable de los mismos.
ARTICULO 5º: El gasto determinado en el artículo 1º será tomado de la Partida 3.7.2.0 VIATICOS correspondiente a la Jurisdicción 1110111000 Dirección de Deportes, Programa 28-12 , Actividad Programática 12 Participación en Torneos Provinciales, con Fuente de Financiamiento 110 del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTICULO 6º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.
ARTICULO 7º: Comuníquese a quien corresponda, tomen nota las oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Dn. RODOLFO SALOMON TATA
Secretario de Gobierno