Boletines/Magdalena

Decreto Nº1175/19

Decreto Nº 1175/19

Magdalena, 23/07/2019

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra I Nº 1265/19, referente al Llamado a Licitación Pública para adjudicar la “CONTRATACION DE LA MANO DE OBRA,  Y EQUIPOS PARA EL REACONDICIONAMIENTO DEL PAVIMENTO URBANO EN DIFERENTES CUADRAS, LOCALIDAD DED MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”, y

Considerando

Que, A Fs. 01 el Sr. Intendente Municipal, solicita se llame a Licitación Publica.

Que, no existe saldo disponible en las respectiva partida del Presupuesto de Gastos, por ello,

Por ello;

             el INTENDENTE MUNICIPAL  de MAGDALENA en uso de sus facultades,       

D E C R E T A

 

ARTICULO 1º.: LLAMASE con CARÁCTER  de INSISTENCIA A LA LICITACIOON PUBLICA N° 19/19, para adjudicar LA “CONTRATACION DE LA MANO DE OBRA,  Y EQUIPOS PARA EL REACONDICIONAMIENTO DEL PAVIMENTO URBANO EN DIFERENTES CUADRAS, LOCALIDAD DED MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”, en virtud de los exordios del presente.

ARTICULO 2º.:AFECTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Articulo Primero en la Jurisdicción 5.000, Programa 20/01, Partida 4.2.2.0 “Construcciones en Bienes de Dominio Publico” con Fuente de Financiamiento 110 de Origen Municipal del Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2019.-

ARTICULO 3º.:ESTIPULESE UN PRESUPUESTO OFICIAL total de OCHO MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 CVOS, ($8.500.000,00).-

ARTICULO 4º.:ESTIPULESE QUE LA GARANTIA DE PROPUESTA que será por un importe de OCHENTA Y CINCO MIL CON 00/100 CVOS. ($85.000,00).-

ARTICULO 5º.: DETERMINASE el valor del Pliego de Bases y Condiciones que será por un importe de OCHO MIL QUINIENTOS CON 00/100 CVOS. ($8.500,00).-

ARTICULO 6º.:DETERMINASE que el día AGOSTO 21 DEL AÑO 2019, A LAS 09..00 Hs se llevara  a cabo el acto de apertura de las ofertas presentadas en el Salón Auditorio de la Municipalidad de Magdalena, sito en calle Brenan N° 970 de la Ciudad de Magdalena, Partido de Magdalena, Provincia de Buenos Aires.

ARTICULO 7º.: El presente Decreto será refrendada por el Sr. Secretario de Hacienda  Cr. Andrés García.-

ARTICULO 8º.: Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.-

 

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cr.  ANDRES GARCIA

Secretario de Hacienda