Boletines/Mercedes
Resolución Nº 72/2019
Mercedes, 21/03/2019
Visto
Que en el marco del Expediente N° 37 del año 2019, con fecha 1 de febrero de 2019 se realizó informe socio económico ambiental a cargo de la Trabajadora Social Gisela Pompei, en el marco de la inscripción al Programa MI TERRENO, y,
Considerando
Que la Ordenanza Municipal N° 7982/2017, fija como requisito en su artículo 19 inciso 2° “No poseer, ninguno de los integrantes del grupo familiar, bienes inmuebles propios”.-
Que en atención a lo informado por la Trabajadora Social a fs. 19, la entrevistada declara que ellos tenían un terreno en calle 26 bis y 57 y lo intercambiaron por esta parcela en calle 30 N° 1362, por la que asimismo entregaron un vehículo como parte de pago. Que no aporta el boleto de compraventa ya que no lo encuentra y que respecto la vivienda, si bien construyeron gran parte de la vivienda, tienen la idea de continuar con la edificación, dejando debidamente asentado el ejercicio fehaciente de su ánimo de dominio sobre el bien.-
Que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, por mi carácter de Director de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N°1405/18, donde en el artículo 2° del Anexo me habilita a realizar todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que
RESUELVO:
Denegar la solicitud de ingreso al Programa MI TERRENO a la Sra. Noemí Angélica GONZALEZ DNI 31.905.848, habiéndose corroborado su calidad de poseedora respecto del inmueble sito en calle 30 N°1362 de esta localidad, incumpliendo así con lo requerido en el artículo 19 de la Ordenanza Municipal N° 7982/2017, el cual reza: “Determínese que, para la operatoria de adjudicación, oferta pública y/o sorteo de inmuebles, las personas que participen de la misma deberán cumplir con las siguientes condiciones mínimas (…) 2.
No poseer, ninguno de los integrantes del grupo familiar, bienes inmuebles propios.(…)”. No obstante, se hace saber que la Sra. Gonzalez podrá acercarse a nuestras dependencias sitas en av. 29 N° 591 planta alta a los fines de iniciar el trámite correspondiente para evaluar la posibilidad de regularizar el dominio del inmueble en que se asienta su vivienda, en vistas a obtener la escritura traslativa de dominio.-
Notifíquese mediante cédula y con transcripción del art. 65 y 86 de la Ordenanza General N° 267.-
Previo archivo, pase al Departamento de Tierras a los fines de realizar las modificaciones pertinentes en el listado de aspirantes. (Art. 5° anexo Decreto 1405/18).-