Boletines/Mercedes

Resolución Nº73/2019

Resolución Nº 73/2019

Mercedes, 21/03/2019

Visto

Que en el marco del Expediente N° 49 del año 2019, con fecha 1 de febrero de 2019 se realizó informe socio económico ambiental a cargo de la Trabajadora Social Gisela Pompei, en el marco de la inscripción al Programa MI TERRENO, y,

Considerando

Que la Ordenanza Municipal N° 7982/2017, fija como requisito en su artículo 19 inciso 2° “No poseer, ninguno de los integrantes del grupo familiar, bienes inmuebles propios”.-

Que en atención a lo informado por la Trabajadora Social a fs. 12 vta. y 13 por la casa en la que habitan recibieron ayuda propia del Plan Municipal de Mejora Habitacional y asimismo la entrevistada declara que para acceder a dicho Plan presentaron en dependencias de la Secretaría de Desarrollo Social de este Municipio un escrito donde el supuesto titular le cede la vivienda.-

Que como medida para mejor proveer, la Trabajadora Social adjunta a fs. 14/16 copia de sistema donde surgen los montos aportados para mejora habitacional.-

Que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, por mi carácter de Director de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N°1405/18, donde en el artículo 2° del Anexo me habilita a realizar todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que

 

RESUELVO:

Denegar la solicitud de ingreso al Programa MI TERRENO a la Sra. Cristina Graciela Cristaldo DNI 32.029.469, habiéndose corroborado la ayuda para mejora habitacional concedida por este Municipio, respecto del inmueble sito en calle 30 N°1364 de esta localidad, que la acredita como poseedora del mismo, incumpliendo así con lo requerido en el artículo 19 de la Ordenanza Municipal N° 7982/2017, el cual reza: “Determínese que, para la operatoria de adjudicación, oferta pública y/o sorteo de inmuebles, las personas que participen de la misma deberán cumplir con las siguientes condiciones mínimas (…) 2. No poseer, ninguno de los integrantes del grupo familiar, bienes inmuebles propios.(…)”. No obstante, se hace saber que la Sra. Cristaldo podrá acercarse a nuestras dependencias sitas en av. 29 N° 591 planta alta a los fines de iniciar el trámite correspondiente para evaluar la posibilidad de regularizar el dominio del inmueble en que se asienta su vivienda, en vistas a obtener la escritura traslativa de dominio.-

Notifíquese mediante cédula y con transcripción del art. 65 y 86 de la Ordenanza General N° 267.-

Previo archivo, pase al Departamento de Tierras a los fines de realizar las modificaciones pertinentes en el listado de aspirantes. (Art. 5° anexo Decreto 1405/18).