Boletines/Mercedes
Resolución Nº 82/2019
Mercedes, 21/03/2019
Visto
Que en el marco del Expediente N° 7957 del año 2018, con fecha 31 de enero de 2019 se realizó informe socio económico ambiental a cargo de la Trabajadora Social Gisela Pompei, en el marco de la inscripción al Programa MI TERRENO, y,
Considerando
Que la Ordenanza Municipal N° 7982/2017, fija como requisito en su artículo 19 inciso 2° “No poseer, ninguno de los integrantes del grupo familiar, bienes inmuebles propios”.-
Que en atención a lo informado por la Trabajadora Social a fs. 15 vta. y 16 por la casa en la que habitan recibieron ayuda propia del Plan Municipal de Mejora Habitacional.-
Que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, por mi carácter de Director de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N°1405/18, donde en el artículo 2° del Anexo me habilita a realizar todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que
RESUELVO:
Denegar la solicitud de ingreso al Programa MI TERRENO a la Sra. Rodriguez María Verónica DNI 21.541.299, habiéndose corroborado la ayuda para mejora habitacional concedida por este Municipio, respecto del inmueble sito en calle 16 N°1498 de esta localidad, que la acredita como poseedora del mismo, incumpliendo así con lo requerido en el artículo 19 de la Ordenanza Municipal N° 7982/2017, el cual reza: “Determínese que, para la operatoria de adjudicación, oferta pública y/o sorteo de inmuebles, las personas que participen de la misma deberán cumplir con las siguientes condiciones mínimas (…) 2. No poseer, ninguno de los integrantes del grupo familiar, bienes inmuebles propios.(…)”. No obstante, se hace saber que la Sra. Rodriguez podrá acercarse a nuestras dependencias sitas en av. 29 N° 591 planta alta a los fines de iniciar el trámite correspondiente para evaluar la posibilidad de regularizar el dominio del inmueble en que se asienta su vivienda, en vistas a obtener la escritura traslativa de dominio.-
Notifíquese mediante cédula y con transcripción del art. 65 y 86 de la Ordenanza General N° 267.-
Previo archivo, pase al Departamento de Tierras a los fines de realizar las modificaciones pertinentes en el listado de aspirantes. (Art. 5° anexo Decreto 1405/18).