Boletines/Mercedes

Resolución Nº83/2019

Resolución Nº 83/2019

Mercedes, 21/03/2019

Visto

Que en razón del Expediente N° 8391 del año 2018, por el que el Sr. Morales Angel Eduardo solicita junto a su pareja Ana Julia Caricatto acceder al programa “Mi Terreno” y,

Considerando

Que se acompañó boleto de compreventa por medio del cual el Sr. Morales es dueño de una fracción de terreno identificada con la partida inmobiliaria 36750 y a fs. 20, se le da a conocer a la Sra. Caricatto tal documental, prestando conformidad a quedar fuera del programa atento contar con inmueble propio, en el marco de la Ordenanza Municipal N° 7982/2017, que fija como requisito en su artículo 19 inciso 2° “No poseer, ninguno de los integrantes del grupo familiar, bienes inmuebles propios”.-

Que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, por mi carácter de Director de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N°1405/18, donde en el artículo 2° del Anexo me habilita a realizar todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que

RESUELVO:

Denegar la solicitud de ingreso al Programa MI TERRENO a la Sra. Caricatto Ana Julia DNI 31.867.630 y al Sr. Morales Angel Eduardo DNI 27.761.467, por incumplir con lo requerido en el artículo 19 de la Ordenanza Municipal N° 7982/2017, el cual reza: “Determínese que, para la operatoria de adjudicación, oferta pública y/o sorteo de inmuebles, las personas que participen de la misma deberán cumplir con las siguientes condiciones mínimas (…) 2. No poseer, ninguno de los integrantes del grupo familiar, bienes inmuebles propios.(…)”

Notifíquese mediante cédula y con transcripción del art. 65 y 86 de la Ordenanza General N° 267.-

Previo archivo, pase al Departamento de Tierras a los fines de realizar las modificaciones pertinentes en el listado de aspirantes. (Art. 5° anexo Decreto 1405/18).-