Boletines/Mercedes

Resolución Nº89/2019

Resolución Nº 89/2019

Mercedes, 25/03/2019

Visto

Que en razón del Expediente N° 6416 del año 2018, por el que la Sra. SIERRA ROCIO solicitó acceder al programa “Mi Terreno” y,

Considerando

Que con fecha 7 de noviembre de 2018 se la intimó a que en el plazo perentorio de 5 (cinco) días, formule descargo respecto del contrato de alquiler respecto de una vivienda sita en la localidad de Suipacha, sin haberse presentado a tal fin.-

Que en el marco de la Ordenanza Municipal N° 7982/2017, que fija como requisito en su artículo 19 inciso 6° “que acrediten fehacientemente mas de cinco años de residencia en el partido de Mercedes” y que en tal notificación se aclara que en caso de incomparecencia se tendrá por desistido el pedido.-

Que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, por mi carácter de Director de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N°1405/18, donde en el artículo 2° del Anexo me habilita a realizar todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que

RESUELVO:

Artículo 1°: Denegar la solicitud de ingreso al Programa MI TERRENO a la Sra. SIERRA ROCIO DNI 33.827.875 y su cónyuge GUSSONI SAUL ARIEL DNI 31.377.913, por incumplir con lo requerido en el artículo 19 de la Ordenanza Municipal N° 7982/2017, el cual reza: “Determínese que, para la operatoria de adjudicación, oferta pública y/o sorteo de inmuebles, las personas que participen de la misma deberán cumplir con las siguientes condiciones mínimas (…)  que acrediten fehacientemente más de cinco años de residencia en el partido de Mercedes (…)”

Artículo 2°: Notifíquese mediante cédula y con transcripción del art. 65 y 86 de la Ordenanza General N° 267.-

Artículo 3°: Previo archivo, pase al Departamento de Tierras a los fines de realizar las modificaciones pertinentes en el listado de aspirantes. (Art. 5° anexo Decreto 1405/18).-