Boletines/Mercedes

Resolución Nº90/2019

Resolución Nº 90/2019

Mercedes, 25/03/2019

Visto

Que en razón del Expediente N° 6601 del año 2018, por el que el Sr. DIAZ CRISTIAN GABRIEL y la Sra. SOLIVELLA VANESA GISELA solicitaron acceder al programa “Mi Terreno” y,

Considerando

Que con fecha 13 de marzo del corriente se la intimó a que en el plazo perentorio de 5 (cinco) días, formule descargo respecto de la oposición presentada en los autos de referencia que la indican como poseedor d una vivienda propia, sin haberse presentado en nuestras dependencias a formular descargo.-

Que en el marco de la Ordenanza Municipal N° 7982/2017, que fija como requisito en su artículo 19 inciso 2° “no poseer, ninguno de los integrantes del grupo familiar, bienes inmuebles propios”.-

Que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, por mi carácter de Director de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N°1405/18, donde en el artículo 2° del Anexo me habilita a realizar todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que

RESUELVO:

Artículo 1°: Denegar la solicitud de ingreso al Programa MI TERRENO al Sr. DIAZ CRISTIAN GABRIEL DNI 26.709.390 y a la Sra. SOLIVELLA VANESA GISELA DNI 32.686.648, por incumplir con lo requerido en el artículo 19 de la Ordenanza Municipal N° 7982/2017, el cual reza: “Determínese que, para la operatoria de adjudicación, oferta pública y/o sorteo de inmuebles, las personas que participen de la misma deberán cumplir con las siguientes condiciones mínimas (…)  2. No poseer, ninguno de los integrantes del grupo familiar, bienes inmuebles propios (…)”

Artículo 2°: Notifíquese mediante cédula y con transcripción del art. 65 y 86 de la Ordenanza General N° 267.-

Artículo 3°: Previo archivo, pase al Departamento de Tierras a los fines de realizar las modificaciones pertinentes en el listado de aspirantes. (Art. 5° anexo Decreto 1405/18).-