Boletines/Trenque Lauquen

Ordenanza Nº4964/19

Ordenanza Nº 4964/19

Trenque Lauquen, 19/07/2019

EXPOSICIÓ DE MOTIVOS:

Se somete a consideración del Honorable Concejo Deliberante el Proyecto de Ordenanza adjunto, a través del cual, se solicita la convalidación de la donación efectuada en el marco de la Ordenanza 4875/2018.

A través de dicha Ordenanza se adjudicó, en forma definitiva y a título gratuito, a los Sres. ARANDA, MARISOL SOLEDAD; CALVO, NATALIA ALICIA; CHAVES, JAVIER ALBERTO; MARTINEZ, MIRTA GRACIELA y MOLINARI, LUIS ALEJANDRO, sus respectivas viviendas, consignándose las nomenclaturas catastrales y unidades funcionales.

Que los adjudicatarios mencionados han solicitado posteriormente, por notas elevadas al Departamento Ejecutivo, la Escrituración de sus inmuebles, en el marco de la Ley 10.830.

A tales fines, se confeccionaron las actuaciones administrativas correspondientes, y éstas, fueron elevadas a Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a efectos de tramitar las escrituras traslativas de dominio. Dicho organismo, observó las mencionadas actuaciones, dado que, carecen de Ordenanza que convalide la donación, exigiéndose la misma, para dar curso al trámite escriturario.

Que si bien, a criterio de este Departamento Ejecutivo las adjudicaciones a título gratuito de un inmueble son asimilable a la donación, en aras de resolver la exigencia de la Escribanía General de Gobierno para instrumentar las correspondientes escrituras, es que se impulsa el presente proyecto (Exp. N° 5673/08 HCD.).

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE LEY LA PRESENTE:

O R D E N A N Z A

ORDENANZA

Artículo 1º.-) Déjase establecido que las adjudicaciones efectuadas en el marco de la Ordenanza Nº 4875/2018 son a título de Donación.

Artículo 2°.-) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir las Escrituras Traslativas de Dominio de los inmuebles descriptos en la Ordenanza N* 4875/2018.

Artículo 3°.-) Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL DIECINUEVE.

Cr. Pablo C. Larrosa
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante

Cr. Claudio S. Figal
Presidente
Honorable Concejo Deliberante 

Promulgación: Decreto N° 1669/19 – 01/08/19

Firma: Dr. Miguel Ángel Fernández – Intendente Municipal.

Dr. Gustavo A. Marchabalo – Secretario de Gobierno.