Boletines/Mercedes

Resolución Nº118/2019

Resolución Nº 118/2019

Mercedes, 05/04/2019

Visto

Que en el marco del Expediente N° 21 del año 2019, caratulado “DAMELE EMANUEL AGUSTIN S/ PLAN VIVIENDA O TERRENO, por medio del cual se procedió a realizar la  inscripción al Programa MI TERRENO, y,

Considerando

Que la Decreto Municipal 1987 Folios 2417/18/19 del Libro N° 52 establece en su artículo 3° del anexo único “(…) No podrán integrar el listado el intendente municipal, secretarios, subsecretarios y directores, ni sus ascendiente y/o descendientes de cualquier grado (…)”.-

Que en atención a lo declarado el Sr. Damele a fs. 1 se encuentra se encuentra en concubinato con la Sra. CAPACCIO LUCIA MARGARITA, quien se desempeña como Directora de Cultura de la Municipalidad de Mercedes

Que en el marco del Expediente N° 21 del año 2019, caratulado “DAMELE EMANUEL AGUSTIN S/ PLAN VIVIENDA O TERRENO, por medio del cual se procedió a realizar la  inscripción al Programa MI TERRENO, y,, es que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, por mi carácter de Director de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N°1987/18, donde en el artículo 2° del Anexo me habilita a realizar todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que

RESUELVO:

Artículo 1°: Denegar la solicitud de ingreso al Programa MI TERRENO a los Sres. DAMELE EMANUEL AGUSTIN DNI 34.791.081 y CAPACCIO LUCIA MARGARITA DNI 34.439.578, por ser esta última Directora de Cultura de la Municipalidad de Mercedes, y en cumplimiento de lo establecido en el Decreto Municipal 1987 Folios 2417/18/19 del Libro N° 52 que según reza su artículo 3° del anexo único “(…) No podrán integrar el listado el intendente municipal, secretarios, subsecretarios y directores, ni sus ascendiente y/o descendientes de cualquier grado (…)” es que se procede a dar de baja del listado de aspirantes.-

Articulo 2º Notifíquese mediante cédula y con transcripción del art. 65 y 86 de la Ordenanza General N° 267.-

Articulo 3º Previo archivo, pase al Departamento de Tierras a los fines de realizar las modificaciones pertinentes en el listado de aspirantes. (Art. 5° anexo Decreto 1405/18).-