Boletines/Mercedes

Resolución Nº237/2019

Resolución Nº 237/2019

Mercedes, 24/06/2019

Visto

Que en razón del Expediente N° 3479 del año 2019 en el marco de la inscripción al Programa MI TERRENO, el peticionante Sr. A--d completa declaración jurada donde declara como domicilio real el sito en Italia N° 1477 de la localidad de Lujan, y,

Considerando

Que la Ordenanza Municipal N° 7982/2017, fija como requisito en su artículo 19 inciso 6° “Que acrediten fehacientemente, más de cinco (5) años de residencia en el partido de Mercedes.”.-

Que la declaración jurada adjunta a fs. 1 se condice con el domicilio del inmueble objeto del contrato de locación adjunto a fs. 11, acreditando suficientemente su domicilio en la localidad de Lujan, provincia de Buenos Aires.-

Que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, por mi carácter de Director de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N°1987/18, donde en el artículo 2° del Anexo me habilita a realizar todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que

RESUELVO:

Artículo 1°: Denegar la solicitud de ingreso al Programa MI TERRENO a los Sres. A--D DNI 1--9 y C--N DNI 1--3 , por incumplir con lo requerido en el artículo 19 de la Ordenanza Mnicipal N° 7982/2017, el cual reza: “Determínese que, para la operatoria de adjudicación, oferta pública y/o sorteo de inmuebles, las personas que participen de la misma deberán cumplir con las siguientes condiciones mínimas (…) 6. Que acrediten fehacientemente, más de cinco (5) años de residencia en el partido de Mercedes”.-

Artículo 2°: Notifíquese mediante cédula y con transcripción del art. 65 y 86 de la Ordenanza General N° 267.-

Artículo 3°: Previo archivo, pase al Departamento de Tierras a los fines de realizar las modificaciones pertinentes en el listado de aspirantes. (Art. 5° anexo Decreto 1405/18).-