Boletines/Mercedes

Resolución Nº244/2019

Resolución Nº 244/2019

Mercedes, 26/06/2019

Visto

El expediente N° 4360 del año 2018 caratulado: “VISCARDI ROCIO SOLEDAD – S/ PLAN DE VIVIENDA O TERRENO”, y:

Considerando

Que los peticionantes salen sorteados en el cupo general, por lo que se les solicitó índice de titulares por ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires a los fines de corroborar titularidad sobre inmuebles, registrando el Sr. Hernandez Javier Sebastián DNI 36.150.145 dos inmuebles a su nombre. Solicitándole al momento de entregar los mismos, que como medida para mejor proveer, presente copia de dominio o asiento registral de los mismos.-

Que asimismo, y siguiendo con la general requisitoria de ley, se practica informe socio ambiental, donde la trabajadora social menciona como observación que la familia reside en la ciudad permanentemente desde hace dos años.-

Que se le corrió traslado de toda la prueba acaecida, en virtud de lo normado por el artículo 56 de la Ordenanza General 267/80 y que en tal descargo, la Sra. Viscardi manifiesta que en razón de estudios y demás circunstancias de la vida es que no vivió de forma permanente en esta ciudad.-

Que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, por mi carácter de Director de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N° 1987, donde en el artículo 2° del Anexo me habilita a realizar todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que

RESUELVO:

Artículo 1°: Denegar la solicitud a Programa Mi Terreno, impidiendo por tal su acceso como adjudicatarios a los Sres. VISCARDI ROCIO SOLEDAD DNI 32.686.932 y HERNANDEZ JAVIER SEBASTIAN DNI 36.150.145, por incumplimiento al artículo 19 de la Ordenanza Municipal N° 7982/2017, el cual reza: “Determínese que, para la operatoria de adjudicación, oferta pública y/o sorteo de inmuebles, las personas que participen de la misma deberán cumplir con las siguientes condiciones mínimas (…)  2. No poseer, ninguno de los integrantes del grupo familiar, bienes inmuebles propios (…) 6. Que acrediten fehacientemente, más de cinco (5) años de residencia en el partido de Mercedes.”

Artículo 2°: Publíquese en el Boletín Oficial, a cuyo fin pase a Secretaría de Gobierno para su publicación.-

Artículo 3°: Pase al Departamento de Tierras, para realizar llamado al siguiente suplente del primer sorteo cupo general según Acta de Constatación número veintiuno realizada por el Escribano Juan Pablo Giannini.-