Boletines/Mercedes

Decreto Nº1257/2019

Decreto Nº 1257/2019

Mercedes, 06/06/2019

Visto

Lo solicitado en el Expediente Nº 2081/2019, mediante el cual un grupo de padres y estudiantes de la Escuela de Policía Juan Vucetich solicitan colaboración económica para solventar los gastos que originen sus estudios.

Considerando

Que se trata de un grupo de estudiantes que residen en nuestra ciudad y que viajan para cursar sus estudios en la Escuela de Policía “Juan Vucetich” sede Olavarría, bajo un régimen internado de lunes a viernes.

Que la Secretaría de Seguridad en su informe de foja 17 considera conveniente otorgar la ayuda requerida con el fin de posibilitar afrontar los costos semanales y teniendo en cuenta la situación económica que atraviesa nuestro País.

Que existe partida presupuestaria disponible.

Por ello, el Señor INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias:

 

                                 D  E  C  R  E  T  A:

ARTICULO 1º.- OTORGASE una beca de Pesos DOS MIL ($ 2.000,00), por única vez, que será destinada a solventar el costo de los estudios terciarios en la Escuela de Policía “Juan Vucetich”, sede Olavarría, a cada de una de las personas que detallan a continuación:

*ANDRADE Joaquín Ariel (D.N.I. N°38.823.584)

*AQUINO Juan Felipe E. (D.N.I. N°38.381.019)

*BENEDETTI Alexander Brian (D.N.I. N°38.524.337)

*CANTERO Carlos Nahuel (D.N.I. N°43.056.164)

*COLLI Jorge Gonzalo (D.N.I. N°42.677.067)

*CREMA Walter Ariel (D.N.I. N°42.397.543)

*DENISIO Thomas (D.N.I. N°40.656.734)

*DIAZ Alan Leonel (D.N.I. N°40.021.812)

*FERNÁNDEZ Franco (D.N.I. N°41.434.172)

*MACHADO, Lautaro Hernán (D.N.I. N°40.423.495)

*MALIZIA Jonathan David (D.N.I. N°41.237.425)

*SANCHEZ MORENO Sergio (D.N.I. N°38.524.282)

*SOSA Maximiliano Gabriel (D.N.I. N°39.847.610)

*TIGUA Maximiliano Javier (D.N.I. N°38.172.794)

ARTICULO 2º.- El importe mencionado en el artículo anterior deberá imputarse a la Jurisdicción 1110107000. Categoría Programática 01.05.00. Objeto del Gasto 5.3.7.0. Fuente de Financiamiento 132.

ARTICULO 3º.- La rendición de los comprobantes de gastos deberá estar a cargo del área promotora.

ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese. Dése al Digesto General. Cumplído, archívese.-