Boletines/Mercedes

Decreto Nº1455/2019

Decreto Nº 1455/2019

Mercedes, 28/06/2019

Visto

El Expediente N° 3760/19 “Dirección de Turismo y Comercio- Fiesta de la Galleta 2019” y,

Considerando

Que el día 4 de Agosto del año 2019, se celebrara en la Plaza Domingo Silvano de la localidad rural de Tomas Jofre la “Cuarta Fiesta Provincial de la Galleta”.

Que el objetivo de esta Fiesta Provincial es revalorizar este producto como patrimonio cultural e impulsar las economías locales de los distintos municipios mencionados.

Que se busca promover la actividad turística y el crecimiento regional.

Que el cronograma de la misma tendrá como actividades durante este día,  clases de cocina con productos regionales, stands, patios de comidas, artesanías, muestras, degustaciones y espectáculos artísticos, diferentes puestos de venta, juegos, entretenimiento para toda la familia.

Que en el concurso propio de la fiesta, debe hallarse a quien realice la “mejor galleta de campo”.

Que la celebración, que fue declarada de interés provincial por la Cámara de Diputados bonaerense, está dirigida a exaltar la galleta de campo que aún se hornea a leña.

 Que en tal sentido, revalorizar este producto como patrimonio cultural e impulsar la economía local amerita ser declarado de Interés Municipal

El Sr. Intendente Municipal del partido de Mercedes, en uso de las facultades que le son propias

DECRETA:

ARTICULO 1º.- DECLARASE de Interés Municipal al evento: “Cuarta Fiesta Provincial de la Galleta de Campo” celebración coordinada en conjunto con los municipios de San Andrés de Giles y Brandsen y contando con el apoyo de FEHGRA (Federación Empresaria Hotelera y Gastronómica de la República Argentina) y el auspicio de la Cámara Bonaerense de Turismo y la AHRCC (Asociación de Hoteles, Restaurantes, Confiterías y Cafés), que se realizará el día el domingo 4 de Agosto de 2019 en la localidad rural de Tomás Jofré. Contando con la participación de artistas, artesanos, clases de cocina con productos regionales, stands, patios de comidas, muestras, degustaciones, diferentes puestos de venta, juegos y entretenimiento para toda la familia.

ARTICULO 2º.- Los gastos que demande la organización del evento se imputarán a la partida de RAFAM que corresponda.

ARTICULO 3º.- Regístrese, comuníquese, publíquese. Dese al Digesto General. Fecho, Archívese.