Boletines/Mercedes

Resolución Nº292/2019

Resolución Nº 292/2019

Mercedes, 31/07/2019

Visto

El expediente N° 6982 del año 2018 caratulado: “IVACHICH FEDERICO MARTIN – S/ PLAN DE VIVIENDA O TERRENO”, y:

Considerando

Que en declaración jurada obrante a fs. 1 la peticionante menciona que es ocupante de un terreno del ferrocarril.-

Que identificado el mismo, siendo que forma parte del Registro de Villas y Asentamientos Precarios de la Provincia de Buenos Aires, relevado por el Municipio y que asimismo conforma el Registro Nacional de Barrios Populares y que por tal, es que la petiicionante acompaña el certificado de vivienda familiar que acredita la posesión de una fracción de terreno con ánimo de dueño.-

Que asimismo en el marco del Artículo 46 del Decreto 358/2017 que crea el mencionado ReNaBaP en el ámbito de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, teniendo como fin principal, registrar los bienes inmuebles ya sean de propiedad fiscal o de particulares donde se asientan los barrios populares, las construcciones existentes en dichos barrios y los datos de las personas que habitan en ellas, teniendo como principal función la de elaborar instrumentos jurídicos que permitan identificar a los tenedores de viviendas con los respectivos certificados de vivienda, con el objeto de aplicar las políticas, normas y procedimientos que oportunamente se definan, a los efectos de implementar la regularización dominial.

Con lo que, no solo queda debidamente demostrada la posesión de un terreno, sino que por la normativa mencionada, tiene garantizada la regularización dominial de su vivienda, con el fin de lograr la escritura traslativa de dominio.-

Que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, por mi carácter de Director de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N° 1987, donde en el artículo 2° del Anexo me habilita a realizar todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que

RESUELVO:

Artículo 1°: Denegar la solicitud de la Sra. IVACHICH FEDERICO MARTIN DNI 28.707.931, por incumplimiento del artículo 19 de la Ordenanza Municipal N° 7982/2017, el cual reza: “Determínese que, para la operatoria de adjudicación, oferta pública y/o sorteo de inmuebles, las personas que participen de la misma deberán cumplir con las siguientes condiciones mínimas (…)  2. No poseer, ninguno de los integrantes del grupo familiar, bienes inmuebles propios (…)” atento detentar posesión de una fracción de terreno que por lo determinado en Decreto 358/2017, podrá regularizar el dominio de su vivienda al encontrarse dentro del Registro Nacional de Barrios Populares. Solicitándole asimismo, que se acerque a nuestras dependencias a los fines de procurar colaborar con la Regularización de su vivienda en el marco de programas específicos a tales fines.-

Artículo 2°: Publíquese en el Boletín Oficial, a cuyo fin pase a Secretaría de Gobierno para su publicación.-

Artículo 3°: Notifíquese con transcripción de los artículos 65 y 86 de la Ordenanza General N° 267/80.-