Boletines/Mercedes

Decreto Nº1771/2019

Decreto Nº 1771/2019

Mercedes, 29/07/2019

Visto

Las actuaciones obrantes en Expediente Municipal Nº 3870 / 2019 caratulado: Licitación Pública Nº 20/2019. Para: “demarcación vial para la primera etapa de la intervención urbanística en el centro comercial” y;

Considerando

  Necesario efectuar el correspondiente llamado para realizar la demarcación vial para la primera etapa de la intervención urbanística en el centro comercial.

 Que atento a la estimación de los valores en el mercado, resulta necesario licitar su compra conforme los procedimientos que prevé la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Que de acuerdo con lo previsto en artículo 151º y subsiguiente de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde licitar la adquisición, atento a la magnitud del gasto a afrontar.

        El Sr. INTENDENTE MUNICIPAL en uso de las facultades legales que le son propias.

DECRETA:

Artículo 1º.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones elaborado en la oficina de Compras y con el soporte técnico de la Subsecretaría de Servicios Públicos obrante en Expediente Municipal Nº 3870 / 2019.

Artículo 2º.- Llámese a Licitación Pública Nº 20/2019 para “demarcación vial para la primera etapa de la intervención urbanística en el centro comercial”; y;

Artículo 3º.- Establécese el Presupuesto Oficial en la suma de PESOS TRES MILLONES CUATROCIENTOS UN MIL ($ 3.401.000,00).-

Artículo 4º.- Establécese el valor del Pliego de Bases y Condiciones en la suma de Pesos DOS MIL ($ 2.000,00).-

Artículo 5º.- La apertura de las propuestas se realizará en la Municipalidad de Mercedes (B), el día 23 de agosto de 2019, a las 10:00 (diez) horas, en la Oficina de COMPRAS de la Municipalidad de Mercedes o donde el Sr. Intendente Municipal designe.-

Artículo 6º.- Los Pliegos de Bases y Condiciones podrán ser consultados y adquiridos a partir del día 7 de agosto de 2019 y hasta el día 21 de agosto de 2019 inclusive, en la Oficina de compras de la Municipalidad, en el horario de 8.30 hs. a 13.00 hs.-

Artículo 7º.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires por dos (2) días, y en dos (2) diarios locales, comuníquese, dése al Digesto General, cumplido, archívese.-