Boletines/Trenque Lauquen

Decreto Nº1293/19

Decreto Nº 1293/19

Trenque Lauquen, 12/06/2019

1293-19 Ajuste de Valores Servicios Públicos - Obras - Julio 2019

Visto

Le necesidad de ajustar los valores de los diferentes servicios públicos que la Municipalidad de Trenque Lauquen ejecutó, y;

Considerando

Que en las diferentes ordenanzas de obras públicas en relación a: gas, alumbrado peatonal y sodio, cloacas, cordón cuneta y pavimento se contemplan diferentes fórmulas de ajustes de las obras convenidas con los frentistas.-

Que el Departamento Ejecutivo ha solicitado al Secretario de Obras y Servicios Públicos realice un estudio de los costos de cada uno de los servicios, a fin de ser aplicados en las diferentes normativas de la comuna.-

Que en las diferentes ordenanzas los valores establecidos se encuentran sujetos a la legislación vigente en la materia y las variaciones de costos que en más o en menos se produzcan según prorrateos en las cuotas no devengadas.-

Que numerosos vecinos solicitan nuevas o ampliaciones de obras, por lo cual es necesario establecer un costo de las mismas por metro lineal, a fin de que tomen conocimiento su valor y al mismo tiempo las correspondientes adhesiones.

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:

ARTICULO 1º.- A partir del 1° de Julio de 2.019 se aplicarán los siguientes valores establecidos para las diferentes obras públicas de la Municipalidad de Trenque Lauquen, que se encuentran sujetas a la legislación vigente en la materia y a las variaciones del costo en más o en menos que se produzcan según los prorrateos realizados por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, a fin de ser aplicadas en las cuotas no devengadas y futuras por los contribuyentes.-

ARTICULO 2º.- ALUMBRADO PEATONAL: 10 columnas por acera. Se establece como costo de la obra $ 2.173,00 (Pesos DOS MIL CIENTO SETENTA Y TRES CON 00/100) por metro lineal. Cuando se procede a retirar las columnas altas se produce una bonificación, quedando c

ALUMBRADO PEATONAL LED: 10 columnas por acera. Se establece como costo de la obra $ 3.033,00 (Pesos TRES MIL TREINTA Y TRES CON 00/100) por metro lineal. Cuando se procede a retirar las columnas altas se produce una bonificación, quedando como valor de $ 2.996,00 (Pesos DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 00/100).-

ARTICULO 3º.- ALUMBRADO PEATONAL: 5 columnas por acera. Se establece como costo de la obra $ 1.534,00 (Pesos MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO CON 00/100) por metro lineal. Cuando se procede a retirar las columnas altas se produce una bonificación, quedando como valor de $ 1.496,00 (Pesos MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 00/100).-

ALUMBRADO PEATONAL LED: 5 columnas por acera. Se establece como costo de la obra $ 1.885,00 (Pesos MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 00/100) por metro lineal. Cuando se procede a retirar las columnas altas se produce una bonificación, quedando como valor de $ 1.847,00 (Pesos MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 00/100).-

ARTICULO 4º.- ALUMBRADO A GAS DE SODIO: Se establece como costo de la obra por columna $ 32.666,00 (Pesos TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 00/100).-

ALUMBRADO LED: Se establece como costo de la obra por columna $ 37.877,00 (Pesos TREINTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE CON 00/100).-

ARTICULO 5º.- RED CLOACAL: Se establece como costo de la obra pesos $ 1.823,00 (Pesos MIL OCHOCIENTOS VEINTITRÉS CON 00/100) por metro lineal.-

ARTICULO 6º.- Se establece como costo de la obra:

CORDÓN CUNETA: $ 1.411,95 (Pesos MIL CUATROCIENTOS ONCE CON 95/100) por metro lineal. –

CORDÓN SIMPLE: $ 775,19 (Pesos SETECIENTOS SETENTA Y CINCO CON 19/100) por metro lineal.-

ARTICULO 7º.- PAVIMENTO: Se establece como valor actual al metro cuadrado de pavimento de $ 1.471,73 (Pesos MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y UNO CON 73/100).-

Ordenanza 2635/05: el valor establecido del prorrateo solidario resulta de la aplicación del artículo 5° de dicha Ordenanza, multiplicando por la totalidad de metros cuadrados del pavimento dividido por la totalidad de los metros cuadrados del terreno y por la cantidad de 180 cuotas. La variación de costo de las cuotas no devengadas y futuras resultará de la aplicación del artículo de esta norma, siendo el valor de $ 1.471,73 (Pesos MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y UNO CON 73/100) el metro cuadrado de pavimento y $ 1.411,95 (Pesos MIL CUATROCIENTOS ONCE CON 95/100) por metro lineal de cordón cuneta.

ARTICULO 8º.- GAS: Se establece como costo de la obra $ 1.749,00 (Pesos MIL SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 00/100) el metro lineal. El pago al contado tiene una bonificación del 15% quedando $ 1.486,65 (Pesos MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON 65/100), mientras que los que lo hagan en tres (3) cuotas no recibirán ajustes ni descuento alguno. El plazo máximo establecido por la Ordenanza 136/89 es de cuarenta y ocho cuotas y para este caso se pueden producir actualizaciones. No incluye la válvula de servicio.-

ARTICULO 9º.- AGUA CORRIENTE: Se establece como costo de la obra $ 1.083,00 (Pesos MIL OCHENTA Y TRES CON 00/100) por metro lineal. No incluye la provisión del servicio, el que será cobrado de acuerdo a la Ordenanza Fiscal.-

ARTICULO 10°.- Comuníquese, notifíquese, regístrese y cumplido archívese.-

Dr. Gustavo A. Marchabalo
Secretario de Gobierno  

Dr. Miguel Ángel Fernández
Intendente Municipal  de Trenque Lauquen