Boletines/Hipólito Yrigoyen

Decreto Nº783/2019

Decreto Nº 783/2019

Hipólito Yrigoyen, 07/08/2019

Visto

Lo prescripto por el Art. 25 Inc I de la Ley 10.430; y

Considerando

Que el Estatuto para el Personal de la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen  instituido por Ordenanza 17/16 del legislativo local, no prevé el beneficio de la retribución aludida ut supra,

Que del mismo modo el artículo 147 del mencionado cuerpo normativo establece de aplicación supletoria las disposiciones de la Ley 10.430, sus modificatorias y decretos reglamentarios.

Que así las cosas la Ley 10.430 en su artículo 25 inc. I contempla entre las retribuciones a las cuales tiene derecho el empleado,  la retribución especial en el caso que “..El agente de planta permanente que al momento de su cese acredite una antigüedad mínima de treinta años de servicios en la Provincia o los requeridos por los regímenes especiales para acceder a los beneficios jubilatorios y cuya baja no tenga carácter de sanción disciplinaria tendrá derecho a una retribución especial, sin cargo de reintegro, equivalente a seis mensualidades de la remuneración básica de su categoría.”-

El Informe producido por la Dirección de Personal informando que el Agente Perez Alfredo Alberto, ha cumplido con cuarenta y un (41) años, 6 meses, 21 días ininterrumpidos de servicio, por lo que se ha producido el cese de su obligación de prestar servicios, declarándose en consecuencia en situación de pasividad.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS.-----------------------------------

ARTICULO PRIMERO: OTORGASE al Agente Municipal  PEREZ ALFREDO ALBERTO  DNI Nº  13.232.933,  una  “Retribución Especial”  sin cargo de reintegro, equivalente a seis mensualidades de la remuneración básica de su categoría, (41 años, 6 meses, 21 días de antigüedad al 13/08/19, Sueldo básico $  12.230,23),  consistente en la suma total de pesos  SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y  UNO CON TREINTA Y OCHO CTVOS. ($ 73.381,38) atento a pertenecer el mismo a la  planta  permanente, y acreditar al momento de su cese una antigüedad mínima de treinta años de servicios en la Comuna, en un todo conforme con lo dispuesto por el articulo 25 inc. I de la Ley 10430, de aplicación  supletoria conforme artículo 147 del Estatuto para el Personal de la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen  instituido por Ordenanza 17/16.”.-

ARTICULO SEGUNDO: NOTIFIQUESE al interesado con copia del presente Decreto.-

ARTICULO TERCERO: DESE intervención a la Dirección de Personal; y a la Contaduría Municipal para su conocimiento.-

ARTICULO CUARTO: Regístrese, Comuníquese. Cumplido Archívese.-

       Jorge Cortés                                                                                              Martín, Arpigiani

        Intendente Municipal                                                                   Secretario de Gobierno y Hacienda