Boletines/Hipólito Yrigoyen
Decreto Nº 797/2019
Hipólito Yrigoyen, 13/08/2019
Visto
Las presentes actuaciones, y la documentación agregada en las mismas con respecto al Centro de Atención Primaria, con los fines de propender la regularización dominial del mismo.-
Considerando
Que la Ley 24.320 modificatoria de la Ley 21.477, establece - El dominio de inmuebles que hubieren adquirido o adquieran los estados provinciales y las municipalidades por el modo establecido en el artículo 4015 del Código Civil (art. 2565 y 1897 y conc. del Codigo Civil y Comercial de la Nación), será documentado e inscripto a través de un proceso especial que detalla la misma normativa.-
Que dicho procedimiento de prescripción administrativa establece que la posesión ejercida por la administración provincial o municipal o sus reparticiones descentralizadas o autárquicas y en su caso por sus antecesores, deberá surgir de informes de los respectivos organismos donde se especificará el origen de la posesión y el destino o afectación que haya tenido el inmueble poseído, agregando los antecedentes que obren en poder de la administración.
Que asimismo cada inmueble será descripto con su ubicación, medidas y linderos según plano de mensura, que se agregará.
Que en estas condiciones tanto el Poder Ejecutivo Provincial o la autoridad ejecutiva municipal declararán en cada caso la prescripción adquisitiva operada.-
Que en el caso de autos se han cumplimentado los recaudos que establece la normativa vigente mencionada ut supra.-
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS
ARTÍCULO 1: DECLARAR la prescripción administrativa a favor de la Municipalidad en un todo conforme con los motivos expuestos en el exordio, el inmueble designado según plano de mensura nomenclatura Circunscripción V, Sección A, Manzana 25, Parcela 13, con sus respectivas medidas, superficies, linderos que forma parte del presente.-
ARTÍCULO 2: SOLICITAR la cancelación de la inscripción en matricula 1264 Pdo. Hipólito Yrigoyen (119), en la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad Inmueble.-
ARTÍCULO 3: DESIGNAR a la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a fines de realizar los actos notariales de rigor para obtener la inscripción dominial por parte de la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad Inmueble.-
ARTÍCULO 4: DESE intervención al Honorable Concejo Deliberante para su ratificación.-
ARTICULO 5: Comuníquese, Registrase, Publíquese y cumplido archívese.-
Jorge Cortés Martín, Arpigiani
Intendente Municipal Secretario de Gobierno y Hacienda